La Nacion (Costa Rica)

Reforma fiscal pone techo de 6,41% a gasto en 2020

→ Regla fiscal se comenzará a aplicar a partir de ese año, confirmó Hacienda

- Sofía Chinchilla C. sofia.chinchilla@nacion.com

Con la puesta en marcha de la reforma fiscal, se activa el mecanismo que dictará los límites de crecimient­o del gasto a los que deberá apegarse el Gobierno a partir del 2020.

Ese es el año en el que, según el Ministerio de Hacienda, se empezará a aplicar la regla fiscal, el instrument­o que introduce la Ley de Fortalecim­iento de las Finanzas Públicas para que el gasto corriente del Gobierno Central crezca según el estado de salud de las finanzas públicas.

El límite de ese primer año ya se conoce: el gasto corriente podrá crecer hasta un 6,41% con respecto al año anterior, según cálculos realizados por este medio a partir de los parámetros de la Ley N.° 9635.

Con ese tope, el gasto máximo del Gobierno podrá ser de hasta ¢8.023 billones, ¢483.310 millones más de los que se consumirán en el 2019, según la Ley de Presupuest­o de la República para el año entrante.

El gasto corriente incluye rubros como salarios, pago de servicios y transferen­cias a otras institucio­nes.

Lo que hará la regla fiscal será definir cuánto puede crecer dicha erogación cada año.

Los límites se calculan a través de fórmulas matemática­s que toman en cuenta el nivel de endeudamie­nto del Gobierno Central y el crecimient­o de la economía del país.

Cuanto mayor sea el endeudamie­nto, menos puede crecer el gasto, en especial si la producción nacional crece poco. Por el contrario, en periodos de fuerte crecimient­o económico, se otorga mayor libertad al Gobierno para aumentar el gasto, sobre todo si el nivel de endeudamie­nto es bajo.

El escenario futuro. Para el 2020, el endeudamie­nto rondará el 58,9% del producto interno bruto (PIB), según las estimacion­es del Banco Central de Costa Rica. Según los datos de esa misma institució­n, el promedio de crecimient­o económico del periodo 2013-2018 (lapso que debe tomarse en cuenta, según la ley) será del 6,75%.

Con esas condicione­s, el país estará en el tercer escenario más delicado de los cuatro que prevé la reforma tributaria.

“Cuando la deuda, al cierre del periodo anterior al año de aplicación de la regla fiscal, sea igual o mayor al 45% del PIB, pero inferior al 60%, el crecimient­o interanual del gasto corriente no sobrepasar­á el 75% del promedio del crecimient­o del PIB nominal”, dice la norma.

No obstante, la misma ley prevé una variación de la regla que se utilizará por única vez en el 2020, por ser el primer año de aplicación. El tope de ese periodo será 20 puntos porcentual­es superior al que correspond­ería en un año normal. Es decir, en vez de ser de un 75% del promedio de crecimient­o del PIB nominal, será un 95%.

Con el tope en 75%, el límite de crecimient­o sería 5,06%; con la ampliación, queda en 6,41%.

Entre el 2007 y el 2019, el gasto corriente creció interanual­mente en proporcion­es muy variadas, según los parámetros de cada administra­ción.

El mayor incremento de ese periodo se realizó en el 2009, durante el gobierno de Óscar Arias, cuando el gasto corriente creció en un 25,02%. El alza más baja, por el contrario, se realizó en el 2016, en tiempos de Luis Guillermo Solís, cuando el gasto creció en un 3,42%.

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RAFAEL PACHECO El gasto corriente del Gobierno Central incluye rubros como salarios, pago de servicios y transferen­cias a otras institucio­nes.
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