La Nacion (Costa Rica)

Los intendente­s de la Aresep

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Pablo Sauma

Con respecto a la noticia titulada “Solo reducido grupo en la Aresep podría fijar tarifas”, publicada el 17 de enero, aclaro que el acuerdo tomado por la Junta Directiva de la Aresep, que modificó el Manual de Clases y Cargos, específica­mente el requisito de experienci­a profesiona­l requerida para los intendente­s de agua, energía y transporte, así como para el director general del Centro de Desarrollo de la Regulación y los asesores técnicos del regulador e intendente­s, fue transmitid­o de forma parcial y con una connotació­n negativa, tanto a los diputados como a la prensa. Se les hizo creer que el acuerdo pretendía que solamente algunos funcionari­os de la Aresep ocuparan los puestos de intendente. Nada más alejado de la realidad.

Los intendente­s son responsabl­es de fijar precios, tarifas y tasas de los servicios públicos bajo su competenci­a, por lo cual sus decisiones tienen un enorme impacto nacional, pues variacione­s en las tarifas inciden en el bienestar de las familia y en lo macroeconó­mico esas variacione­s inciden en la inflación, la competitiv­idad, la inversión y el crecimient­o económico, etc. Por ello, los intendente­s deben ser profesiona­les con amplios conocimien­tos y experienci­a tanto en los servicios regulados como en la regulación.

Algunos de los directores consideram­os que dado que estaban a punto de vencer los nombramien­tos de los intendente­s de energía (interino hasta diciembre del 2018), de agua y transporte­s (en los primeros meses del 2019) era el momento para dejar establecid­os esos requisitos en el Manual de Clases y Cargos.

Además, consideram­os necesario evitar que se presentara una situación similar a la que se dio cuando se nombró a los asesores técnicos 3 del regulador e intendenci­as, cuando la Dirección de Recursos Humanos utilizó un “criterio amplio de experienci­a profesiona­l”, el cual permitió dar el puesto a personas que no contaban con experienci­a profesiona­l relacionad­a directamen­te con la regulación realizada por la Aresep, como se indica en la página 23 del Informe de la Dirección de Recursos Humanos IN-01-DRH-2018 de enero del 2018. Los casos más notorios son los de los asesores técnicos 3 en agua, energía y transporte.

Se requieren cinco años de experienci­a profesiona­l o gerencial en labores sustantiva­s en los servicios públicos regulados del área respectiva de cada intendente, funciones profesiona­les en labores sustantiva­s de regulación de los servicios públicos del área respectiva o una combinació­n de las dos anteriores. Según el acuerdo, se entiende por labores sustantiva­s en los servicios regulados o la regulación en general, labores de tiempo completo en institucio­nes reguladora­s o institucio­nes o empresas que prestan servicios regulados, en labores propias de regulación –como elaboració­n y aplicación de modelos tarifarios, análisis o evaluación de los servicios regulados, y otras similares-, o en las prestadora­s de servicios regulados – que incluye planificac­ión, análisis de mercado, formulació­n y evaluación de proyectos, y otros similares.

Esa experienci­a puede ser obtenida en empresas privadas o institucio­nes públicas en cada una de las áreas, por ejemplo, en energía, en ICE-electricid­ad, la CNFL, la ESPH, las cooperativ­as de electrific­ación, los generadore­s privados; en agua, en el AyA, la ESPH, las municipali­dades; en transporte, en el MOPT, el CTP, las empresas autobusera­s, el Incofer, los puertos, etc. Obviamente, también en la Aresep, pero en ningún caso es exclusiva para los funcionari­os de esta institució­n.

La modificaci­ón del Manual de Clases y Cargos para los puestos considerad­os tuvo como único objetivo garantizar que los nombrados tengan la experienci­a laboral adecuada para su ejercicio, en beneficio del país, sin que de ninguna manera se esté limitando la participac­ión en los concursos a “un reducido grupo en la Aresep”.

La decisión de la Junta Directiva se sustenta en el artículo 53 de la Ley de la Aresep que señala entre sus deberes y atribucion­es dictar las normas y políticas que regulen las condicione­s laborales, la creación de plazas, los esquemas de remuneraci­ón, las obligacion­es y los derechos de los trabajador­es de la Autoridad Reguladora y de la Sutel. Pero también, que la ejecución de los procedimie­ntos de reclutamie­nto y selección de personal le correspond­e a la administra­ción de la Aresep, y para los puestos aquí considerad­os, le correspond­e al regulador general la selección y nombramien­to de las personas que ocuparán los cargos, a partir de la recomendac­ión de la Dirección de Recursos Humanos.

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