Bancos extranjeros abrirían sucursales en territorio nacional
Un proyecto de ley de reforma a la Ley Orgánica del Sistema Bancario Nacional autoriza a los bancos extranjeros a abrir sucursales en nuestro país
La iniciativa es parte de los esfuerzos de Costa Rica para integrar la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE).
Actualmente, el artículo 141 de la Ley del Sistema Bancario Nacional dispone que bancos extranjeros privados deben establecerse en el país mediante una sociedad anónima (subsidiaria) para operar como intermediarios financieros.
Esto significa que es una entidad legal separada, autorizada y supervisada por los órganos competentes en el país (la Superintendencia General de Entidades Financieras, Sugef, por ejemplo), sin que su casa matriz tenga obligación legal de apoyarla si llega a sufrir problemas.
Una sucursal, en cambio, es una entidad legalmente inseparable de su casa matriz, la cual es plenamente responsable de los compromisos financieros asumidos por su representante, sea cual sea su localización geográfica.
La iniciativa propone permitirles a los bancos privados elegir la forma jurídica por medio de la cual prefieren establecerse: sociedad anónima o sucursal.
En relación con esta última figura, el proyecto plantea regular su constitución, actividades, fiscalización, supervisión y aspectos relacionados con la quiebra.
La iniciativa de ley introduciría así en el sistema bancario un trato igualitario de derechos y obligaciones respecto a los bancos privados establecidos como sociedades anónimas.