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El plenario legislativo aprobó ayer, en primer debate, el proyecto de ley que endurece las sanciones por portación y tenencia ilegal de armas.
La reforma legal elimina el trabajo comunal como castigo para quienes posean un arma sin haberla inscrito y aumenta las condenas de prisión por incumplimiento de las normas para poseer y andar consigo una de ellas.
Así, a quien porte un arma lícita sin contar con el permiso respectivo, se le impondrá una condena de entre 2 y 4 años de prisión. La legislación vigente fija penas de seis meses como mínimo y tres años como máximo.
En el caso de las armas permitidas en el país, poseer una sin tenerla inscrita se castigará con una pena de 3 a 5 años de cárcel. Actualmente, el castigo máximo por incurrir en esa falta es de tres meses o puede pagarse con trabajo comunitario.
La reforma aprobada también duplica el castigo mínimo por portar un arma que es, del todo, ilegal en el país: la condena más baja pasará de dos a cuatro años.
A su vez, la pena máxima por poseer, comprar, vender, exportar, ocultar, fabricar o usar armas prohibidas será de ocho y no de cuatro años.
Otra novedad del proyecto 20.508, que reforma la Ley de Armas, es la creación de castigos para quien omita reportar el robo o pérdida de un arma. En esos casos, se impondrán multas desde ¢446.200 hasta ¢1,3 millones.
Los diputados dieron su visto bueno a la iniciativa de reforma con 38 votos a favor, sin ninguna oposición, a pesar de que el Partido Acción Ciudadana (PAC) intentó, minutos antes, evitar la aprobación de una moción que cambia la prohibición de tenencia de armas semiautomáticas.
La próxima semana, los diputados continuarán con el trámite de plenario del otro proyecto que modificaría la Ley de Armas, cuya discusión central es la regulación sobre la cantidad de armas que puede inscribir una persona. Sin restricción.
La última moción que recibió luz verde de los diputados fue la que modificó las disposiciones sobre el tipo de armas que quedarían prohibidas en el país.
El cambio lo aprobaron 28 diputados de Liberación Nacional (PLN), la Unidad Social Cristiana (PUSC), Integración Nacional (PIN) y el bloque de independientes Nueva República, que se pronunciaron a favor de variar el inciso p del artículo 3 de la Ley de Armas.
El cambio fue polémico porque, según el Ministerio de Seguridad Pública y el PAC, abre el portillo para la tenencia de armas semiautomáticas en el país, como las de plataforma AR-15.
El inciso modificado, en su versión anterior, establecía que se prohíben las “armas largas, cuyo diseño de plataforma, actualizaciones y sus variantes, se basen en tecnología desarrollada y utilizada en armamento de fuerzas armadas, posterior al año 1939”.
Con la aprobación de la moción, esa parte del proyecto de ley ahora dirá, simplemente, que se prohíben las armas “automáticas largas y cortas”.
El PAC pidió que se restrinja el uso de ese tipo de armamento en el país para evitar que en las calles circulen armas como las que se han utilizado en tiroteos en Estados Unidos y, a principios de la semana, en Nueva Zelanda.
La diferencia principal entre las armas semiautomáticas y las automáticas radica en que las primeras no disparan en ráfaga, pero sí se recargan automáticamente sin necesidad de acción humana.
En la actualidad, las armas semiautomáticas de tipo militar están prohibidas mediante un decreto.
No obstante, dicha norma está impugnada ante el Tribunal Contencioso Administrativo, del cual dependerá si se continúa aplicando.
“LO QUE SE DECIDIÓ ES QUE EL PAÍS NO REGULE LAS ARMAS SEMIAUTOMÁTICAS INDEPENDIENTEMENTE DE LOS CALIBRES Y EL ORIGEN MILITAR”. Enrique Sánchez Diputado del PAC