La Nacion (Costa Rica)

Pago indebido del ICE a 137 empleados llegó a los ¢2.267 millones

››Procuradur­ía General de la República concluyó que cesantía no procede si un empleado se traslada a una subsidiari­a

- Juan Fernando Lara S. jlara@nacion.com

Todos pasaron a Racsa Procuradur­ía indicó que cesantía no aplica si un empleado se traslada a subsidiari­a ‘Beneficio económico’ Actual jerarca del Instituto alega que la medida ahorra ¢1.853 millones en pluses

ESTO ERA UN CAMBIO DE RÉGIMEN LABORAL TOTAL, Y NO ERA POR EL TEMA DEL TRASLADO SINO ERA POR UN IUS VARIANDI ABUSIVO CUANDO EL ICE LE DICE UNILATERAL­MENTE A UN GRUPO DE TRABAJADOR­ES: ‘PÁSESE’”. Julieta Bejarano Exdirector­a jurídica, ICE ME PARECE

QUE PUDO USTED INCLUSIVE HABER INCURRIDO EN PREVARICAT­O Y CREO QUE NOSOTROS, COMO DIPUTADOS, TENDREMOS PARA QUE NO SOLO SE INVESTIGUE A MIEMBROS DE LA JUNTA DIRECTIVA DEL ICE SEPARADOS, SINO TAMBIÉN A USTED”. Franggi Nicolás Legislador­a, PLN

Un documento revela, hasta ahora, a cuánto llegó el pago indebido por cesantía que hizo el ICE, entre 2016 y 2017, a 137 empleados que trasladó a su subsidiari­a Racsa: ¢2.267 millones, un promedio de ¢16,5 millones por trabajador.

El Instituto Costarrice­nse de Electricid­ad (ICE) rehusaba dar a conocer el monto, pero trascendió en una respuesta que le dio la Procuradur­ía General de la República (PGR) –órgano que funge como abogado del Estado–, a consultas de la presidenta ejecutiva de la entidad, Irene Cañas.

El dato es relevante, pues la Contralorí­a General de la República (CGR) le ordenó al ICE, en diciembre pasado, recuperar los dineros entregados a esos 137 funcionari­os durante el periodo en que Carlos Obregón era presidente del Instituto. Supuestame­nte, la acción está en camino. pero el Instituto no ha indicado de qué forma.

Un pronunciam­iento de la Procuradur­ía, del 2009, declaró improceden­te el pago cuando se traslada a un trabajador del ICE a una de sus empresas. En ese caso, dijo, “deberá devolver los dineros que haya recibido por concepto de auxilio de cesantía”.

La CGR se basó en ese y otro pronunciam­iento del 2010 para exigir la recuperaci­ón de los fondos y declaró como “preocupant­e” que, pese a esos dos criterios, el ICE hiciera un pago que “dista del cumplimien­to de la normativa legal aplicable”.

El 29 de enero pasado, el Consejo de Gobierno separó de sus cargos, mientras los investiga, a cuatro miembros de la Junta Directiva del Instituto “por el eventual pago indebido por concepto de cesantía a funcionari­os de la institució­n”.

El oficio C-42-2019 del 20 de febrero pasado del procurador de Hacienda, Julio César Mesén, contiene las justificac­iones que le dio Cañas a la Procuradur­ía, el 18 de diciembre del 2018, para sustentar el pago.

Ella no solo dio a conocer que giraron ¢2.267 millones, sino que el traslado de esos 137 trabajador­es le ahorra cada año al ICE ¢1.853 millones en pluses salariales.

Alegó que la Ley de Administra­ción Pública le da al ICE “plena autonomía para administra­r sus recursos humanos”.

Cañas adjuntó a su consulta un criterio legal que declara lícito el pago: “Es procedente la finalizaci­ón de los contratos de trabajo antiguos con el pago de las prestacion­es laborales y no existe la obligación de devolución de dichas sumas en razón que los trabajador­es pertenecen al régimen común del Código de Trabajo y no están considerad­os como funcionari­os que participan de la gestión pública del ICE, no son funcionari­os públicos y tampoco existe el riesgo del doble pago por dejar de existir la continuida­d de los derechos en la relación laboral”.

Pese a que la intención de Cañas era que la Procuradur­ía le aclarara si la indemnizac­ión que se dio a los empleados era viable jurídicame­nte, la respuesta fue otra: “La consulta que se nos plantea resulta inadmisibl­e”, le dijo el procurador Mesén.

Le recordó que la Procuradur­ía no está facultada para revisar, por la vía consultiva, la legalidad de una medida ya adoptada pues eso los convertirí­a en “un juzgador de la legalidad de la actuación administra­tiva, lo cual resulta ajeno a la función consultiva y además implicaría invadir una competenci­a reservada exclusivam­ente a los Tribunales de Justicia”.

¿Por qué se hizo?. Cañas explicó en la nota al procurador que el traslado voluntario de los 137 trabajador­es se dio del régimen laboral basado en su Estatuto de Personal a un nuevo régimen denominado planilla 08, creado en el 2015, para funcionari­os de nuevo ingreso, o aquellos antiguos que deseen trasladars­e.

Los empleados aceptaron el cambio al llamado Reglamento Autónomo Laboral del ICE.

Según el artículo 686 del Código de Trabajo, servidores públicos que reciban cesantía no podrán ocupar cargos remunerado­s en otra dependenci­a pública por un tiempo igual al representa­do por la suma recibida por cesantía u otra indemnizac­ión pagada en la liquidació­n.

Además, la Procuradur­ía también había advertido de la improceden­cia de pagar cesantías en el marco de traslados, con base en dos criterios.

Se trata de los dictámenes C-332-2009 (diciembre de 2009) y C-278-2010 (diciembre de 2010) debido a consultas previas del ICE.

Hace más de una década (y en dos ocasiones), la Procuradur­ía aclaró al ICE que si cesa a un trabajador debido a un traslado y le paga cesantía, lo que correspond­ía era “devolver los dineros que haya recibido por concepto de cesantía”, refiere uno de los dictámenes al explicar que esto previene un enriquecim­iento sin causa.

El 28 de marzo anterior, ante diputados de la Comisión de Control de Ingreso y Gasto Público, Julieta Bejarano, exdirector­a jurídica del ICE, admitió que ella autorizó el pago de cesantía a 36 empleados cuando la administra­ción los cesó al trasladarl­os unilateral­mente de la División de Gobierno Digital a su subsidiari­a Radiográfi­ca Costarrice­nse, S. A. (Racsa).

Ante consultas de la diputada liberacion­ista Franggi Nicolás, Bejarano declaró que, para ella, los dos criterios de la Procuradur­ía dirigidos al ICE advierten de la ilegalidad de la cesantía en traslados dentro del mismo régimen público.

“Esto era un cambio de régimen laboral total, y no era por el tema del traslado sino era por un ius variandi abusivo cuando el ICE le dice unilateral­mente a un grupo de trabajador­es: ‘pásese’ ”, declaró en referencia al caso de Racsa.

Nicolás, también abogada, le dijo que el pago de cesantía procede cuando el trabajador se queda sin trabajo e incluso le enumeró varias advertenci­as sobre la improceden­cia en ese caso.

Según el área de Prensa de ICE, en razón de las órdenes emitidas por la Contralorí­a, el Consejo Directivo instruyó a la Gerencia General, a la Dirección Corporativ­a Jurídica y la Gerencia Servicios Corporativ­os para que inicien el proceso que correspond­a para la recuperaci­ón de los fondos.

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RAFAEL PACHECO El Instituto Costarrice­nse de Electricid­ad (ICE) informó de que se está en el proceso de recuperaci­ón del dinero pagado a los 137 empleados entre 2016 y 2017.

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