Dos absolutorias motivaron la decisión
En la circular citada, la fiscala refirió a dos sentencias en casos de homicidios calificados, en los cuales se liberó de cargos a los imputados.
El primer caso tiene que ver con el crimen del odontólogo Francisco Rojas Vargas, de 72 años, quien apareció asesinado el 22 de marzo del 2001, en una clínica en San Pedro de Montes de Oca, San José. A él lo mataron con arma blanca para robarle.
Por este homicidio se detuvo a una pareja: un hombre de apellidos Gutiérrez Arrieta y una menor de edad que, al momento del crimen, tenía 16 años. Gutiérrez aceptó el delito y se sometió a un proceso abreviado.
En tanto, la mujer fue juzgada cuando tenía 18 años. El debate se realizó el 24 de setiembre del 2004. Esa vez, el Juzgado Penal Juvenil de San José, la absolvió de los delitos de homicidio calificado y robo agravado.
Tal resolución fue confirmada por el Tribunal de Casación Penal el 1.° de diciembre de aquel año, porque en el allanamiento a la casa de la mujer, en Tirrases de Curridabat, y donde se decomisó un pantalón ensangrentado, “no hubo claridad sobre la forma en que se obtuvo el consentimiento (...) para ingresar a la vivienda”.
Asimismo, los jueces hicieron ver que los agentes del OIJ no hicieron una advertencia adecuada de los derechos que tenía la propietaria de la casa para permitir el acceso a los investigadores.
“Sobre todo en este caso, en que era la hija de la dueña de la casa a la que se le atribuía un delito sumamente grave. En estas circunstancias no es dable otorgar valor al citado ingreso a la vivienda y tampoco a la prueba obtenida por ese medio”, dice la resolución del Tribunal.
En Cartago. El otro caso, aún pendiente de resolución final, es el asesinato del líder comunal Víctor Manuel Fonseca Alvarado, de 47 años, vecino de San Joaquín de Corralillo, en Cartago, quien apareció muerto el 11 de julio del 2016 bajo la cama de su casa, envuelto en una sábana y con heridas de arma blanca.
El OIJ atribuyó el asesinato a un lío amoroso, pues días antes la víctima habría encontrado a su compañera sentimental, de apellidos Cordero Céspedes, de 28 años, con otro hombre, un extranjero. La mujer fue detenida y el foráneo huyó.
En un juicio que se realizó el 18 de octubre del 2017, el Tribunal de Juicio de Cartago condenó a Cordero a 35 años de prisión por el delito de homicidio calificado.
Sin embargo, Viviana Navarro Marín, defensora de la imputada, impugnó la condena porque los oficiales del OIJ, para entrar a la casa donde estaba la víctima fallecida, pidieron la autorización del arrendante de la vivienda, quien firmó el consentimiento y, para la abogada, “esa persona no era el titular de la privacidad de la vivienda (...). Los oficiales debieron pedir orden de allanamiento (...), siendo ilegal la entrada al domicilio”.
El Tribunal de Apelación de Sentencia de Cartago acogió el recurso de apelación el 22 de marzo del 2018, anuló la condena y ordenó un nuevo juicio que aún no se ha realizado, según la oficina de prensa del Ministerio Público.