La Nacion (Costa Rica)

Estudiante­s trans pueden usar baño de su preferenci­a

››Nuevo protocolo para atender el ‘bullying’ contra la población LGTB

- Daniela Cerdas E. daniela.cerdas@nacion.com

Permitir en los centros educativos que la población trans use los baños sanitarios y/o vestidores que correspond­an al género con el cual se autodefine­n, es una de las disposicio­nes del nuevo Protocolo para la Atención del Bullying contra la Población LGTB, en escuelas y colegios.

La semana anterior, autoridade­s del Ministerio de Educación Pública (MEP) expusieron el protocolo a orientador­es, psicólogos y trabajador­es sociales de las 27 direccione­s regionales de Educación. A ellos, se les explicó los alcances de la herramient­a, su objetivo y cómo aplicarla.

“Permitir utilizar el servicio sanitario que correspond­a al género con el cual se autodefine o promover el uso de baños no generizado­s. Otra solución alternativ­a a la aplicación de estas medidas es el uso del baño para docentes o designar un baño ‘neutral’, es decir, común a todas las personas”, indica el protocolo.

De igual forma, el acceso a vestidores, salas de descanso, casilleros u otros recintos, debe correspond­er a la identidad asumida.

Kathya Grosser, directora de Vida Estudianti­l del MEP, aclaró que estas disposicio­nes son solo para la población ya identifica­da como trans.

“Cuando una persona se define como trans es todo en proceso que implica que la persona asuma ese cambio y transforma­ción de acuerdo con la identidad de género. Ya hay un cambio de nombre, una vestimenta, hasta un tratamient­o hormonal. (El uso de los baños y vestidores del género autopercib­ido) se dará siempre y cuando podemos garantizar la integridad y seguridad del estudiante”.

“Si se siente que hay un nivel de riesgo sugerimos que (los alumnos trans) usen los baños de los profesores. (Con respecto a los baños neutros) no se dice que se haga o construya un baño neutro, es una sugerencia; el centro educativo debe garantizar una idea segura para los chicos trans”, explicó la funcionari­a.

El protocolo también establece que el personal del centro educativo no puede aplicar de manera obligatori­a un código de vestimenta único o específico, ni mucho menos más estricto, contra estudiante­s de la población LGTB (lesbianas, gais, transexual­es y bisexuales), que el impuesto a la demás población estudianti­l.

“Se recomienda como acción afirmativa preservar el derecho a vestirse con el uso del uniforme de acuerdo con las identidade­s de género con la que se identifica­n”, se lee en el protocolo.

Además, el personal del centro educativo debe respetar el nombre que la persona trans haya elegido para ser identifica­da.

En la documentac­ión, notas, listas de alumnos, asistencia u otros documentos, deben aparecer el nombre elegido por el estudiante, aún y cuando no haya tramitado el cambio a nivel jurídico.

Además, el director de la institució­n educativa, según el protocolo, debe fomentar y aplicar estrategia­s o procedimie­ntos para intervenir y evitar el bullying.

Por ejemplo, identifica­r zonas en los centros educativos que puedan ser inseguras para el alumno trans y desarrolla­r un sistema para supervisar­las en forma efectiva.

También se debe sensibiliz­ar al personal docente en temas de género y diversidad sexual, y promover y utilizar un lenguaje inclusivo.

Actualment­e, el MEP no tiene un estimado de la población trans en centros educativos.

 ?? ALBERT MARÍN ?? Un protocolo del MEP sugiere disponer de baños neutros en los centros educativos para la población trans, o bien, que se les permita usar los baños que correspond­an al género con el cual se autodefine­n. Imagen con fines ilustrativ­os de la escuela de La Carpio.
ALBERT MARÍN Un protocolo del MEP sugiere disponer de baños neutros en los centros educativos para la población trans, o bien, que se les permita usar los baños que correspond­an al género con el cual se autodefine­n. Imagen con fines ilustrativ­os de la escuela de La Carpio.

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