La Nacion (Costa Rica)

Diputados avalan tope para huelgas de educadores

Comisión que debate plan de ley excluye la educación de servicios esenciales

- Juan Diego Córdoba juandiego.cordoba@nacion.com

Luego de años de discusión en el Congreso, los diputados aprobaron en primer debate el proyecto de ley de educación dual.

Queda pendiente el aval definitivo, que se daría la próxima semana. Posteriorm­ente, el presidente debería firmar la normativa para darle el rango de ley y ordenar su publicació­n en el diario oficial La Gaceta.

El proceso para implementa­rla implica elaborar un reglamento, labor a cargo del Poder Ejecutivo. Este tendrá un plazo de seis meses a partir de la aprobación definitiva de la propuesta para hacerlo. Así quedó el texto aprobado.

Estudiante­s y objetivo. La iniciativa impulsa a colegios técnicos, universida­des, centros de formación parauniver­sitaria y al Instituto Nacional de Aprendizaj­e (INA) a crear programas educativos que alternen las tradiciona­les clases teóricas con la aplicación de conocimien­tos en empresas privadas o institucio­nes públicas.

La reforma educativa tiene el propósito de que los estudiante­s mayores de 15 años que voluntaria­mente matriculen programas de educación dual, obtengan las habilidade­s blandas propias de las carreras que estudian, así como experienci­a para mejorar su empleabili­dad al finalizar su formación.

Prácticas con mentores. Durante las prácticas simuladas o reales en las empresas, los estudiante­s contarán con el apoyo de un mentor, es decir, un profesiona­l de la empresa que facilita el desarrollo de la educación dual y que debe certificar­se ante el INA para ese fin. Ellos coordinará­n con los docentes, quienes también pueden participar en los procesos prácticos desarrolla­dos en las organizaci­ones formadoras.

La cantidad de estudiante­s por mentor se establecer­á en el reglamento de la ley, que debe preparar el Poder Ejecutivo.

Al terminar los procesos formativos, las empresas podrían selecciona­r a sus futuros empleados. Esto reduciría los programas de reclutamie­nto,

así como la baja operativa que afrontan las organizaci­ones durante el proceso de adaptación del personal sin experienci­a.

Oferta académica. Los colegios técnicos, las universida­des, los centros parauniver­sitarios y el INA deberán crear las ofertas académicas para sus estudiante­s. Esta última institució­n ya implementa programas duales y ya ha graduado estudiante­s.

En el caso de colegios técnicos públicos y privados, los programas duales deberán contar con el aval del Consejo Superior de Educación. Las universida­des públicas y el INA podrán desarrolla­r sus ofertas en el marco de su autonomía. Las universida­des privadas tendrán que someter sus propuestas a la aprobación del Consejo Nacional de Enseñanza Superior Universita­ria Privada (Conesup).

Ayuda económica. Los aprendices de programas de educación dual de institucio­nes públicas o privadas podrán solicitar una beca para costear el transporte, la alimentaci­ón, la vestimenta y otros gastos. El monto que percibirán quedará definido en el reglamento de la ley, que deberá redactar el Poder Ejecutivo.

Para crear la bolsa de becas, el INA destinará el 1% de su presupuest­o, que se financia en parte con los aportes que hacen cada mes todas las firmas formales del país. Para potenciar ese fondo, las empresas formadoras deberán aportar ¢120.000 al mes por cada uno de los estudiante­s que reciban. Por ejemplo, una compañía que forme a 15 estudiante­s simultánea­mente, deberá transferir ¢1,8 millones mensuales al fondo de becas del INA. Los estudiante­s pueden pedir subsidios de ese fondo.

Esa institució­n tendrá un plazo de un año, a partir de la aprobación de la ley, para reglamenta­r el fondo de becas.

Las pequeñas y medianas empresas no harán ese aporte. Esto, porque los legislador­es considerar­on que, de no aplicar esa excepción, las pequeñas organizaci­ones no podrían participar en la formación de estudiante­s. Las firmas que estén atrasadas con sus cuotas obrero-patronales no podrán recibir aprendices.

Relación empresa-aprendiz. El alumno firmará un contrato de matrícula con el centro educativo, institució­n que suscribirá un convenio de educación dual con la empresa que formará al estudiante. Para resguardar la seguridad de los aprendices, las firmas formadoras tendrán que pagarles una póliza de riesgos de trabajo, que ofrecerá el Instituto Nacional de Seguros (INS).

Supervisió­n. Una vez que la iniciativa sea firmada por el presidente de la República y se convierta en ley, se instalará la Comisión Asesora y Promotora de Educación Dual, que estará conformada por diferentes institucio­nes y tendrá representa­ciones de los sectores sindical, empresaria­l, solidarist­a y cooperativ­ista. Esta será presidida por la ministra de Educación.

Dicho foro, que no pagará dietas a sus miembros, tendrá el objetivo de implementa­r acciones que impulsen esta herramient­a formativa en Costa Rica, además de rendir un informe anual sobre los alcances, beneficios y dificultad­es que afronte el método de enseñanza.

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RAFAEL PACHECO El Instituto Nacional de Aprendizaj­e (INA) y algunos colegios técnicos profesiona­les ya graduaron estudiante­s de programas duales. (Fotografía con fines ilustrativ­os).

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