Cesada jueza por cambiar texto de sentencia narco luego de lectura
››La jurista alegó que los cargos no fueron claros ni precisos
El Consejo Superior del Poder Judicial despidió a una jueza del Tribunal de Juicio de Corredores, Puntarenas, por modificar el texto de una sentencia por tráfico de drogas, después de efectuada la lectura integral y de que se entregaran copias del fallo a un defensor y a la Fiscalía.
La decisión se tomó el 11 de julio contra Rosa Astúa Jiménez, según el acta de la sesión 62-2019, del órgano administrativo de la Corte. El cese rigió a partir del 15 de julio.
La alteración calificada como una “incorrección en el ejercicio del cargo que afecta el buen servicio y la imagen del Poder Judicial”, provocó que la sentencia fuera anulada por el Tribunal de Apelación de Sentencia de Cartago y, que luego otro tribunal emitiera la condena, con su debida justificación.
“Para casos como este no es posible otra sanción que no sea el despido, por cuanto existe una violación grave a los deberes que está obligada a cumplir una persona como servidora o servidor judicial.
”En este caso en particular, la encausada decide de manera unilateral e irresponsablemente, modificar el texto original ya firmado por los (otros dos) cojueces sin el consentimiento de estos y con el agravante de que ya la sentencia había sido comunicada a las partes, tanto al Ministerio Público como al abogado defensor de los imputados”, señala la resolución del Consejo Superior.
Asimismo, advirtieron de que el hecho investigado crea desconfianza en la servidora “como una persona idónea para atender el puesto que le ha sido delegado, más agravante aun tratándose de una jueza de la República”.
Rosa Astúa, en su defensa, sostuvo que los cargos que le atribuyeron no fueron claros ni precisos. Alegó que ante esa carencia de detalles, desconocía cuál fue la incorrección en el ejercicio de sus funciones.
Alegó que cuando el asunto fue analizado en una audiencia oral del Tribunal de la Inspección Judicial, ella no se presentó porque se encontraba incapacitada y no se le permitió defenderse.
“El agravio causado es una violación a mi derecho de defensa; en consecuencia, solicito se anule lo actuado en la audiencia oral y privada y, por consiguiente, todos los actos administrativos posteriores y se declare la prescripción. Solicito, se acoja el incidente presentado y se me exima de toda sanción y responsabilidad”, agregó la funcionaria.
Sin embargo, los alegatos de la jueza no fueron de recibo por parte de las autoridades judiciales, las cuales consideraron que el proceso administrativo cumplió con todos los requisitos legales.
El asunto que generó este proceso disciplinario ocurrió en diciembre del 2016 y está relacionado con una sentencia contra ocho imputados en el delito de posesión y transporte de drogas.
El caso fue una investigación de la Policía de Control de Drogas (OCD) que culminó en diciembre del 2013 con el decomiso de 109 kilos de cocaína y la captura de los nueve sospechosos. El hecho se desarrolló en el cantón de Corredores, Puntarenas.
En un primer debate, en junio del 2014, el Tribunal de Juicio de Corredores castigó con penas entre 18 a 10 años de prisión a todos los imputados.
La condena fue impugnada y el Tribunal de Apelación de Sentencia de Cartago confirmó la culpabilidad de los sospechosos, pero ordenó fijar un nuevo monto de pena.
Así el Tribunal de Juicio de Corredores, el 2 de diciembre del 2016, y ahora conformado por Rosa Astúa Jiménez, Miguel Acosta Granados y José Alberto González Gutiérrez, impone a los implicados penas de entre 8 y 12 años de cárcel.
La redacción de la fundamentación fue encomendada a Rosa Astúa. La lectura integral de la condena se realizó el 12 de diciembre del 2016.
Ese mismo día, Astúa debido a que se encontraba de vacaciones, envió la redacción de la sentencia a Acosta y González por correo electrónico para que la firmaran y a las 4:20 p. m. se realizó el acto de lectura integral, al cual no se presentaron las partes.
Durante la mañana del día siguiente, el abogado Asdrúbal Azofeifa Arias, defensor de varios imputados, retiró una copia de la resolución. Otra copia fue enviada por correo al Ministerio Público. Ese 13 de diciembre, Rosa Astúa llegó a los tribunales al mediodía y modificó varios párrafos de la sentencia.
El 14 de diciembre de 2016, los cojueces Acosta y González conocieron de los cambios y gestionaron la denuncia
“
(...) EN ESTE CASO EN PARTICULAR, LA ENCAUSADA DECIDE DE MANERA UNILATERAL E IRRESPONSABLEMENTE, MODIFICAR EL TEXTO ORIGINAL YA FIRMADO POR LOS (OTROS DOS) COJUECES SIN EL CONSENTIMIENTO DE ESTOS Y CON EL AGRAVANTE DE QUE YA LA SENTENCIA HABÍA SIDO COMUNICADA A
LAS PARTES, TANTO AL MINISTERIO PÚBLICO COMO AL ABOGADO DEFENSOR DE LOS IMPUTADOS”. Consejo Superior del Poder Judicial Resolución del caso
“
EL AGRAVIO CAUSADO ES
UNA VIOLACIÓN A MI DERECHO DE DEFENSA; EN CONSECUENCIA, SOLICITO SE ANULE LO ACTUADO EN LA AUDIENCIA ORAL Y PRIVADA Y POR CONSIGUIENTE TODOS LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS POSTERIORES Y SE DECLARE LA PRESCRIPCIÓN. SOLICITO, SE ACOJA EL INCIDENTE PRESENTADO Y SE ME EXIMA DE TODA SANCIÓN Y RESPONSABILIDAD”.
Rosa Astúa
Ahora exjueza