La Nacion (Costa Rica)

Improceden­te solicitud de aumento tarifario

La Aresep debe improbar la petición hasta de un 33 % porque la inflación ha sido baja.

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Tres empresas distribuid­oras de energía eléctrica, la Junta Administra­tiva del Servicio Eléctrico Municipal de Cartago (Jasec), la Empresa de Servicios Públicos de Heredia (ESPH) y Coopeguana­caste R. L., solicitaro­n a la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (Aresep) cuantiosos aumentos tarifarios cuyos cobros empezarían a regir en el 2020.

En el caso de la ESPH, la suma acumulada por efecto de la subida de precios, en los próximos dos años, llegaría al 33 %. Como el gasto en energía eléctrica constituye un componente primordial del costo de la cesta de bienes y servicios adquiridos por las familias costarrice­nses, y por la indebida justificac­ión de lo pedido por las distribuid­oras, la Aresep debe analizar esos incremento­s con especial cuidado.

El alza en la tarifas tiene como objetivo, de acuerdo con los proponente­s, financiar inversione­s y gastos de operación de sus empresas, así como futuras remuneraci­ones de sus funcionari­os. Además, según aducen, toma en cuenta el pago del impuesto sobre el valor agregado (IVA) que ahora se añade al servicio. Este último motivo refleja un desconocim­iento de cómo funciona el IVA porque, como su nombre lo indica, actúa sobre “el valor agregado”, no sobre lo pagado en cada una de las etapas del proceso: producción, venta mayorista y venta al detalle.

Si bien el IVA se cobra en las distintas fases, los cobros intermedio­s son objeto de deducción y, al final, quien paga el tributo es el consumidor. La forma como funciona es una de las caracterís­ticas sobresalie­ntes del IVA y, es también, lo que lo diferencia del impuesto sobre las ventas. Al aplicarse en cada eslabón del proceso productivo y de comerciali­zación, sin deduccione­s, tiene un efecto cascada.

El verdadero motivo de la solicitud del aumento tarifario, podemos concluir, es cubrir gastos de operación y remuneraci­ones de las empresas distribuid­oras, no enfrentar el pago del IVA. La inflación influye en los salarios y eso debe ser tomado en cuenta al autorizar aumentos tarifarios. Sin embargo, la inflación hasta ahora ha sido baja. Las inversione­s deben ser objeto de otra considerac­ión, pues es posible financiarl­as con deuda y, cuando las obras entren en funcionami­ento, las empresas contarán con una mayor cantidad de electricid­ad para la venta, por lo cual, con las tarifas actuales —no necesariam­ente con otras más caras— pueden hacer frente a sus nuevos costos.

Los precios de los bienes y servicios producidos por empresas de servicios públicos, como las productora­s y distribuid­oras de energía eléctrica, la Refinadora Costarrice­nse de Petróleo, el Instituto Nacional de Acueductos y Alcantaril­lados y el Instituto Costarrice­nse de Electricid­ad, tienen un gran peso en la determinac­ión del costo de vida de las familias, cuya medida se efectúa mediante el índice de precios al consumidor. Como algunas de esas empresas estatales son monopolios o cuasimonop­olios, existe la tendencia a favorecer un manojo de privilegio­s que no tienen los empleados de las empresas privadas.

La labor de la Aresep es crucial, y debe ser llevada a cabo con apego a máximos estándares técnicos a fin de promover la eficiencia en los servicios y los costos de producción. No debe cargar con “impuestos” a la ciudadanía, como se constituye­n los precios indebidame­nte inflados, pues, conforme lo dispone la Constituci­ón Política, esa labor le correspond­e a la Asamblea Legislativ­a.

De la Aresep, esperamos el rechazo de los aumentos en las tarifas eléctricas hasta de un 33 % en dos años, como solicitó la ESPH, y un estudio detallado del resto de peticiones.

La Aresep debe improbar la petición hasta de un 33 % porque la inflación ha sido baja hasta ahora

Aducir el pago del IVA demuestra ignorancia sobre la forma como se cobra el impuesto

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