Gobierno define nueva fórmula para escoger productos de canasta básica
El Gobierno tiene listo un proyecto de ley para cambiar la forma en que se definen los productos de la canasta básica tributaria (CBT), por los cuales se pagará un 1% de IVA a partir de julio del 2020 y que, actualmente, están exonerados del todo.
El texto está cerca de ser presentado a la Asamblea Legislativa, anunció Renato Alvarado, ministro de Agricultura y Ganadería (MAG), una de las instituciones que participó en la redacción de la propuesta.
La nueva fórmula consiste en que, además de los datos de consumo de los hogares más pobres, se tomen en consideración dos variables más para definir los productos de la canasta.
Un nuevo criterio es el valor nutricional del producto y el otro es el origen de la producción.
“Ya nosotros tenemos la propuesta terminada y lista, ya la firmé para ser enviada a la Asamblea Legislativa.
”Contempla los criterios nutricionales y no solamente criterios económicos para la determinación de lo que es la canasta básica, así como la necesidad de que el Ministerio de
Agricultura también participe en la toma de decisiones”, adelantó el jerarca.
Actualmente, la ley encarga a los ministerios de Hacienda y Economía definir los productos de la CBT “con base en el consumo efectivo de bienes y servicios de primera necesidad de los hogares que se encuentren en los dos primeros deciles de ingresos”, lo cual se determinará de acuerdo con los estudios del Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INEC).
Excluidos. Ese mandato legal provocó que se excluyeran de la canasta básica tributaria 29 productos que antes estaban exentos de pagar tributo, como el arroz integral, el apio, las lentejas, la fresa, el atún en agua y los embutidos de pavo.
En cambio, otros 14 productos sí fueron pasados a la canasta básica. Tal es el caso del banano verde, el chiverre, la harina de soya, la yuca, las hojas de plátano, la horchata y el pinolillo, la leche de cabra, la naranja agria y la tapa de dulce, entre otros.