La Nacion (Costa Rica)

Claro condenada por desactivar subtítulos en TV

››Afectado reclama ¢100 millones por daño moral mediante la vía civil

- Juan Fernando Lara jlara@nacion.com

La Sala Constituci­onal condenó a la empresa Claro Costa Rica Telecomuni­caciones al pago de costas, daños y perjuicios causados a un cliente con problemas de audición por no brindarle la función de subtítulos (llamada closed caption) en el servicio de televisión.

Así lo resolviero­n los altos jueces el 6 de diciembre anterior, una vez resuelto un recurso de amparo presentado por Rándall Morales Jiménez. La sentencia en firme es la número 024238.

Morales Jiménez alegó que la compañía no permite que en su pantalla de televisión aparezca activada la función de subtítulos close caption.

El hombre, quien es sordo, añade que dicha firma le manifestó que no cuentan con esta opción en el servicio de Claro T.V.

Jiménez reclamó entonces que la empresa, al no contar con la función de subtítulos, violenta el derecho a la informació­n de él y de toda la población sorda costarrice­nse.

En la sentencia referida, los jueces resolviero­n que Claro Costa Rica deberá activar, en un plazo máximo de seis meses a partir de la notificaci­ón de la sentencia, la función en la terminal de Morales Jiménez y deberá hacerlo únicamente respecto de los canales nacionales que ofrezcan dicha función a tenor de la resolución 2003-07275.

“Se condena a la empresa Claro Costa Rica Telecomuni­caciones S. A. al pago de las costas, daños y perjuicios causados con los hechos que sirven de base a esta declarator­ia, los que se liquidarán en ejecución de sentencia de lo civil”, agrega el fallo constituci­onal.

Este diario consultó a voceros de la empresa sobre la resolución y sobre la demanda civil ya interpuest­a por su cliente afectado.

“En Claro Costa Rica tenemos conocimien­to del caso del señor Rándall Morales Jiménez, quien aclaramos no es cliente Claro, al cual nuestros abogados le han dado seguimient­o.

”En relación a la demanda civil y a la resolución de la Sala Constituci­onal que condena a Claro no hemos sido notificado­s, por esta razón no nos podemos referir al respecto”, informó Carolina Sánchez Rangel, vocera.

A raíz del fallo constituci­onal, Morales Jiménez interpuso el 19 de diciembre anterior un proceso de ejecución de sentencia en el Juzgado Civil del I Circuito Judicial de San José, confirmó su representa­nte legal, Rodolfo Alvarado Moreno.

En ella, Morales Jiménez reclama al proveedor de televisión ¢100 millones por daño moral.

“El actuar abrupto, despro porcionado y abusivo por par te de Claro Costa Rica, quien a sabiendas de su obligación de garantizar la igualdad de oportunida­des y acceso a la in formación de todos sus usua rios, discrimina a la población sorda costarrice­nse, pasando por encima de sus derechos más básicos, producto de su inoperanci­a y desinterés en la población usuaria con este tipo de necesidade­s”, precisa el documento de la ejecución de sentencia.

Alvarado Moreno recor dó que la Ley de Igualdad de Oportunida­des para las Per sonas con Discapacid­ad (Ley 7.600) declara que institucio nes públicas y privadas de ser vicio público deben proveer a personas con discapacid­ad, los servicios de apoyo y ayudas técnicas necesarias para ga rantizar el ejercicio de sus de rechos y deberes. En este caso acceso a informació­n.

Alvarado agregó que, ade más, su cliente también se ha visto afectado por invertir dinero y tiempo en trámites recursos y demás gestiones administra­tivas para exigir derechos que la demandada debería garantizar a toda la población sorda costarrice­nse

“Esta exclusión social le ha generado al señor Jiménez depresión, desanimo, frustra ción y hasta angustia al verse excluido de compartir un mo mento tan cotidiano con sus seres queridos como es com partir juntos programas de televisión”, concluyó el repre sentante legal.

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ARCHIVO Claro aclaró que el denunciant­e no es cliente de esa empresa en la actualidad.

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