Claro condenada por desactivar subtítulos en TV
››Afectado reclama ¢100 millones por daño moral mediante la vía civil
La Sala Constitucional condenó a la empresa Claro Costa Rica Telecomunicaciones al pago de costas, daños y perjuicios causados a un cliente con problemas de audición por no brindarle la función de subtítulos (llamada closed caption) en el servicio de televisión.
Así lo resolvieron los altos jueces el 6 de diciembre anterior, una vez resuelto un recurso de amparo presentado por Rándall Morales Jiménez. La sentencia en firme es la número 024238.
Morales Jiménez alegó que la compañía no permite que en su pantalla de televisión aparezca activada la función de subtítulos close caption.
El hombre, quien es sordo, añade que dicha firma le manifestó que no cuentan con esta opción en el servicio de Claro T.V.
Jiménez reclamó entonces que la empresa, al no contar con la función de subtítulos, violenta el derecho a la información de él y de toda la población sorda costarricense.
En la sentencia referida, los jueces resolvieron que Claro Costa Rica deberá activar, en un plazo máximo de seis meses a partir de la notificación de la sentencia, la función en la terminal de Morales Jiménez y deberá hacerlo únicamente respecto de los canales nacionales que ofrezcan dicha función a tenor de la resolución 2003-07275.
“Se condena a la empresa Claro Costa Rica Telecomunicaciones S. A. al pago de las costas, daños y perjuicios causados con los hechos que sirven de base a esta declaratoria, los que se liquidarán en ejecución de sentencia de lo civil”, agrega el fallo constitucional.
Este diario consultó a voceros de la empresa sobre la resolución y sobre la demanda civil ya interpuesta por su cliente afectado.
“En Claro Costa Rica tenemos conocimiento del caso del señor Rándall Morales Jiménez, quien aclaramos no es cliente Claro, al cual nuestros abogados le han dado seguimiento.
”En relación a la demanda civil y a la resolución de la Sala Constitucional que condena a Claro no hemos sido notificados, por esta razón no nos podemos referir al respecto”, informó Carolina Sánchez Rangel, vocera.
A raíz del fallo constitucional, Morales Jiménez interpuso el 19 de diciembre anterior un proceso de ejecución de sentencia en el Juzgado Civil del I Circuito Judicial de San José, confirmó su representante legal, Rodolfo Alvarado Moreno.
En ella, Morales Jiménez reclama al proveedor de televisión ¢100 millones por daño moral.
“El actuar abrupto, despro porcionado y abusivo por par te de Claro Costa Rica, quien a sabiendas de su obligación de garantizar la igualdad de oportunidades y acceso a la in formación de todos sus usua rios, discrimina a la población sorda costarricense, pasando por encima de sus derechos más básicos, producto de su inoperancia y desinterés en la población usuaria con este tipo de necesidades”, precisa el documento de la ejecución de sentencia.
Alvarado Moreno recor dó que la Ley de Igualdad de Oportunidades para las Per sonas con Discapacidad (Ley 7.600) declara que institucio nes públicas y privadas de ser vicio público deben proveer a personas con discapacidad, los servicios de apoyo y ayudas técnicas necesarias para ga rantizar el ejercicio de sus de rechos y deberes. En este caso acceso a información.
Alvarado agregó que, ade más, su cliente también se ha visto afectado por invertir dinero y tiempo en trámites recursos y demás gestiones administrativas para exigir derechos que la demandada debería garantizar a toda la población sorda costarricense
“Esta exclusión social le ha generado al señor Jiménez depresión, desanimo, frustra ción y hasta angustia al verse excluido de compartir un mo mento tan cotidiano con sus seres queridos como es com partir juntos programas de televisión”, concluyó el repre sentante legal.