Suspendido por dos meses requisito de renovar certificado veterinario
Durante dos meses calendario, a partir del 20 de marzo, los establecimientos que elaboran y comercializan alimentos de origen animal no tendrán que renovar el Certificado Veterinario de Operación (CVO), de acuerdo con una medida puesta en vigencia por el Servicio Nacional de Salud Animal (Senasa).
Este documento es incluso requisito para transportar animales y se renueva anualmente. La medida de posponer temporalmente su renovación se tomó ante la emergencia por el covid-19, explicó la directora del Senasa, Silvia Niño.
De esta manera, a quienes se les vence el documento en el periodo establecido no tendrán que renovarlo ni actualizarlo. Podrán seguir operando con el CVO anterior.
Transcurridos los dos meses, quienes deban renovar el documento tendrán que hacerlo.
En estos dos meses se mantendrá la emisión de certificados nuevos, por lo cual quien busque abrir un negocio de comercialización de productos de origen animal tendrá abierto el servicio.
La entidad informó de que hay 42.000 establecimientos registrados, pero no dijo a cuántos se les vence el permiso en este lapso. Los negocios más conocidos entre los que deben tener el CVO son las carnicerías.
En el Reglamento General para el Otorgamiento del Certificado Veterinario de Operación se especifican los requisitos generales en el ámbito sanitario, como ubicación, condiciones físicas y respeto ambiental.
Las carnicerías figuran entre los negocios que deben tener este certificado.