La Nacion (Costa Rica)

Suspendido juez de Limón por liberar a cuatro narcos

Corte consideró que erró en valorar prueba y perjudicó la imagen del Poder Judicial

- Carlos Arguedas C. carguedasc@nacion.com

Un juez penal de Limón fue suspendido dos meses sin goce de salario por liberar, en abril del 2017, a cuatro hombres que habían sido detenidos en el mar Caribe cuando trasladaba­n 1.235 kilos de marihuana. Tres de los sospechoso­s escaparon posteriorm­ente.

La medida la adoptaron de manera unánime, el pasado 17 de febrero, los 21 magistrado­s que asistieron a la sesión de Corte Plena.

En la resolución que consta en el acta 07-2020, los altos jueces dispusiero­n imponer dicha sanción, pues “según valoración realizada por esta Corte, el caso aquí analizado correspond­iente a Víctor Mauricio Perlaza Rojas, constituye un error grave en la administra­ción de justicia”.

Asimismo, considerar­on que la “sanción impuesta contra la persona encausada no es arbitraria ni desproporc­ional de acuerdo con todas las evidencias analizadas en el caso”.

Antecedent­es. La investigac­ión administra­tiva contra el juez Perlaza arrancó el 27 de abril del 2017, cuando el entonces ministro de Seguridad Pública, Gustavo Mata, envió una nota a la Corte Plena, en la cual se quejó por el proceder del juzgador.

El asunto al cual hizo referencia el exjerarca de Seguridad se desarrolló el 12 de abril del 2017, cuando en un operativo conjunto entre patrullera­s del Servicio Nacional de Guardacost­as (SNG) y un avión de Estados Unidos, divisaron una lancha sospechosa en el mar Caribe, a unos 75 kilómetros de la costa de Limón. Cuando los ocupantes de la embarcació­n se vieron sorprendid­os, comenzaron a tirar paquetes al mar.

Aun así, la Policía pudo decomisar 1.235 kilogramos de marihuana y capturó a los cuatro hombres que viajaban en el barco.

Sin embargo, al día siguiente (13 de abril), el juez Mauricio Perlaza, del Juzgado Penal de Limón, dejó libres y sin ningún tipo de medida cautelar a los sospechoso­s, identifica­dos como Fannon Oswald Bernard Robinson, Jorge Enrique Castro Miranda, Steven Marlon Joseph Alvarado, y uno de apellidos Acuña Duarte.

El juez adujo fallas en la cadena de custodia de la droga, ya que el número de paquetes reportado originalme­nte por Guardacost­as difería del resultado final dado por la Policía de Control de Drogas (PCD).

Esa medida fue apelada por la Fiscalía, y el 26 de abril del 2017 el Tribunal Penal de Limón revocó la decisión de Perlaza y ordenó seis meses de prisión preventiva para los imputados. Sin embargo, a la audiencia solo Acuña se presentó, por lo que contra Castro, Bernard y Joseph se debió girar orden de captura.

Descargo. Cuando fue puesto en conocimien­to de la investigac­ión que se le seguía, Víctor Perlaza alegó que el asunto se había tardado en ser conocido por la Corte Plena y que por tanto estaba prescrito.

Además, aseguró que la decisión de dejarlos en libertad estaba fundamenta­da en criterios jurídicos, relacionad­os con una violación a la cadena de custodia, pues había cifras diferentes en cuanto a la cantidad de droga incautada.

Inicialmen­te, el Servicio Nacional de Guardacost­as reportó 48 sacos con marihuana, pero en el conteo final, la Policía de Control de Drogas determinó que eran 53 sacos, para un total de 1.235 kilos.

Según Perlaza, “si bien podría haber existido probabilid­ad de participac­ión de los imputados, lo cierto es que la violación de la cadena de custodia viene a determinar que no es posible atribuirle­s el hecho a los imputados”.

Sin embargo, los magistrado­s rechazaron los alegatos del juez. En primera instancia descartaro­n la prescripci­ón.

Luego, considerar­on: “El yerro de Perlaza Rojas radicó en un error al valorar la prueba de manera anticipada y prematura, que consideró constituía­n los aparentes vicios en la cadena de custodia, sin limitarse a verificar los presupuest­os exigidos por el ordinal 239 del Código Procesal Penal, para la aplicación de la prisión preventiva con los concomitan­tes perjuicios procesales que dicho error generó.

”Perjuicios no solo para la administra­ción de justicia, sino para la imagen del Poder Judicial, lo que evidencia la magnitud de los efectos de la resolución investigad­a”.

Evitar fuga. Asimismo, estimaron que el sentido de la prisión preventiva es evitar la fuga del encartado mientras se recaba la prueba en su totalidad.

“La existencia de posibles vicios en el procedimie­nto penal, o la posible existencia de prueba espuria, ello debe ventilarse en su momento procesal oportuno, cual no es en la resolución de la prisión preventiva”, señala el acuerdo de la Corte Plena.

Según los magistrado­s, durante las etapas preparator­ia e intermedia “se requiere que todo funcionari­o (máxime un juez de la República) tenga una actitud y actuación prudente que se refleje en sus resolucion­es, aún más durante los últimos años, en que se ha puesto en entredicho ante la opinión pública la experticia de nuestros jueces.

”Lo mínimo que espera la Corte Plena es que toda persona servidora o funcionari­a judicial realice sus labores apegada al ordenamien­to jurídico y observando sus deberes de cuidado (deber de diligencia)”, concluye el acuerdo de los altos jueces.

 ?? ArCHIVo ?? El juez penal de Limón Mauricio Perlaza, suspendido dos meses sin goce de salario, alegó errores en la cadena de custodia de la droga para liberar a los cuatro imputados, quienes fueron detenidos en el mar Caribe con un cargamento de 1.235 kilos de marihuana.
ArCHIVo El juez penal de Limón Mauricio Perlaza, suspendido dos meses sin goce de salario, alegó errores en la cadena de custodia de la droga para liberar a los cuatro imputados, quienes fueron detenidos en el mar Caribe con un cargamento de 1.235 kilos de marihuana.

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