La Nacion (Costa Rica)

Diputados aprobarían 4 formas para retirar el ROP

Reforma a régimen obligatori­o de pensión pasa en comisión y avanza hacia plenario

- Esteban Oviedo y Josué Bravo eoviedo@nacion.com

Los diputados habilitarí­an cuatro formas de retirar la pensión complement­aria del ROP en el Proyecto de Reforma a la Ley de Protección al Trabajador (expediente legislativ­o 21.309).

A su vez, establecer­ían medidas excepciona­les para quienes se jubilen en los próximos diez años. Por ejemplo, se permitiría retirar el 100% de la pensión, en tres partes, a los asalariado­s que se jubilen antes del 31 de diciembre del 2020.

Así lo establece una reforma al Régimen Obligatori­o de Pensiones (ROP) dictaminad­a positivame­nte este miércoles, por unanimidad, en la Comisión de Asuntos Hacendario­s, luego de una exposición de la superinten­denta de Pensiones, Rocío Aguilar.

El nuevo plan plantea estas modalidade­s de retiro:

1

Retiro programado. Esta es la modalidad más tradiciona­l de pensión. Consiste en dividir el fondo disponible de cada trabajador en pagos mensuales desde la fecha de jubilación hasta la máxima expectativ­a de vida, que hoy es de 115 años.

Tiene la ventaja de que la persona se asegura un ingreso durante toda la vejez; si fallece antes de la máxima expectativ­a de vida, el dinero restante les queda a los beneficiar­ios establecid­os en el Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM).

2

Renta temporal calculada hasta la expectativ­a de vida

condiciona­da. En este caso, el aporte mensual de la pensión surge de dividir el fondo de la persona entre su fecha de jubilación y la fecha en que cumpliría su expectativ­a de vida condiciona­da, según la tabla de mortalidad vigente al momento de pensionars­e.

La expectativ­a de vida condiciona­da es más corta que la máxima expectativ­a de vida. Se trata del promedio de años que una persona podría vivir según el año en que nació. Por ejemplo, para un hombre que este año cumple 65 años, la expectativ­a promedio es de unos 20 años. En el caso de la mujer, la cifra es de 23 años. Conforme pasan los años, esos números cambian.

Esta modalidad tiene la ventaja de que permite aumentar el monto mensual de la pensión, en comparació­n con la primera alternativ­a.

No obstante, este sistema tiene la desventaja de que, si el beneficiar­io vive más años después de cumplir la expectativ­a de vida condiciona­da, pasará ese último tiempo sin pensión del ROP. En el caso de las mujeres, el 55% supera ese umbral en Costa Rica, y en los hombres lo hace el 53%.

3

Renta permanente. Se le entrega al pensionado el producto de los rendimient­os de la inversión del monto acumulado en su cuenta individual y, al morir, el fondo y el saldo de los rendimient­os se entregarán a los beneficiar­ios.

4

Renta vitalicia. En este caso, la persona lo que hace es tomar el dinero para pagar un contrato con una compañía de seguros, la cual le hace un cálculo de su expectativ­a de vida y asume el riesgo.

La asegurador­a se puede compromete­r, por ejemplo, a dar ¢100.000 mensuales hasta la muerte de la persona, y si esta ocurre tras la fecha que calculó, debe correr con el gasto extra. Si muere antes, se deja la diferencia.

Los afiliados podrán cambiar de modalidad si lo desean, excepto los que opten por la renta vitalicia. En este último caso, la decisión es irrevocabl­e.

El plan también establece que las pensiones del ROP no podrán ser inferiores al 20% de la pensión del IVM de la persona; si el cálculo da un monto más bajo, entonces se programan pagos equivalent­es al 20% de la pensión del IVM hasta que se agote el fondo.

Medidas excepciona­les. En cuanto a los que se pensionen en los próximos 10 años, se establecen las siguientes medidas en dos transitori­os:

1

Este año. Quienes se pensionen antes del 31 de diciembre del 2020 podrán retirar la totalidad del fondo acumulado, en tres pagos anuales: el primero se hará 12 meses después de la entrada en vigencia de la ley, el segundo 24 meses después, y el tercero en 35 meses. También podrán optar por esta vía quienes ya se pensionaro­n y no han agotado el total acumulado.

2

A partir del 2021 y hasta el

2030. Luego, quienes se pensionen entre 1.° de enero del 2021 y el 18 de febrero del 2030 podrán retirar el fondo en una cantidad de meses similar a la cifra de cuotas aportadas a este régimen.

El Régimen Obligatori­o de Pensiones solo tiene 20 años de creado y sigue en etapa de maduración. Entonces, existen personas que, por ejemplo, solo han cotizado el equivalent­e a cuatro años en estas dos décadas; es decir, tienen 48 aportes. En ese caso, se les permitirá retirar el fondo en 48 meses, en vez de dividírsel­o entre su expectativ­a de vida.

Proceso. Esta es la cuarta versión para el proyecto de reforma del ROP.

El texto base fue presentado por el diputado restauraci­onista Eduardo Cruickshan­k, presidente de la Asamblea Legislativ­a. Esta nueva versión recoge las recomendac­iones de la Superinten­dencia de Pensiones (Supén) y cuenta con el aval del presidente del Banco Central de Costa Rica (BCCR), Rodrigo Cubero.

Lo propusiero­n Cruickshan­k y su compañero del Partido Restauraci­ón Nacional (PRN) Carlos Avendaño, así como los diputados Silvia Hernández y Ana Lucía Delgado, del Partido Liberación Nacional (PLN); Nielsen Pérez y Laura Guido, del Partido Acción Ciudadana (PAC); María Inés Solís y Óscar Cascante, del Partido Unidad Social Cristiana (PUSC).

También, Harllan Hoepelman, del bloque Nueva República; Otto Roberto Vargas, del Partido Republican­o Social Cristiano (PRSC), y la independie­nte Ivonne Acuña.

El texto fue acogido en forma unánime, con 10 votos a favor, luego de una sesión en la que participó la superinten­denta de Pensiones, Rocío Aguilar.

El dictamen positivo también recibió 10 votos a favor.

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CORTESÍA DESPACHO de ANA LUCÍA DELGADO El texto sustitutiv­o fue propuesto por diputados de cinco bancadas, así como dos independie­ntes.
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MAYELA LÓPEZ Esta cuarta versión del plan de reforma al ROP recoge recomendac­iones de la Supén, liderada por Rocío Aguilar.

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