La Nacion (Costa Rica)

Procuradur­ía objeta el régimen de pensión de fondo privado de UCR

››miembros de Jafap se jubilan por el magisterio con mejores condicione­s y beneficios

- Silvia Artavia G. silvia.artavia@nacion.com

La Procuradur­ía General de la República (PCR) cuestiona que trabajador­es de la Junta Administra­dora del Fondo de Ahorro y Préstamo de la Universida­d de Costa Rica (UCR), que no son funcionari­os directos de esa casa de enseñanza superior, se pensionen por el régimen del Magisterio Nacional.

El abogado del Estado considera que esas personas deben jubilarse por el régimen de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM) de la Caja Costarrice­nse de Seguro Social (CCSS), al cual pertenece la mayoría de empleados públicos y privados del país.

Actualment­e, a pesar de que la Junta Administra­dora del Fondo de Ahorro y Préstamo (Jafap) es un ente con personalid­ad jurídica propia y con un régimen de empleo regido por el derecho laboral común, sus empleados cotizan para los regímenes de la Junta de Pensiones del Magisterio Nacional (Jupema).

Se trata de sistemas jubilatori­os más beneficios­os que el del IVM.

Uno de estos, amparado por la ley 2248, permite pensionars­e con 60 años de edad, 30 de ellos laborados, y con el 100% del mejor salario de los últimos 5 años de trabajo.

En tanto, en el IVM los requisitos son tener 65 años de edad y haber laborado 25 de estos, con un porcentaje de pensión de entre el 43% y el 52.5%, calculado con base en los salarios de los primeros 20 años de servicio.

La Procuradur­ía subraya que “los empleados de la Junta no son, ni tienen por qué ser funcionari­os públicos, ya que son encargados de gestiones sometidas al derecho común y no son empleados de la UCR, por lo que no están sometidos al régimen estatutari­o propio de esa entidad, ni cobijados por la Convención Colectiva”, consigna en su pronunciam­iento, parafrasea­ndo la resolución número 04708-99 del 18 de junio de 1999 de la Sala Constituci­onal.

Énfasis. La PGR reitera que “los empleados de la Junta no son empleados universita­rios y por ello no se benefician del régimen de becas o beneficios de estudio, el régimen salarial sigue una estructura diferente a los escalafone­s, anualidade­s, fondo consolidad­o y otros conceptos que conforman el salario de los empleados universita­rios”, tal y como lo señala una adenda hecha al mismo voto del máximo órgano constituci­onal.

El criterio lo emitió el ente procurador en respuesta a una consulta de Henning Jensen Pennington, exrector de la UCR, cuando fungía como presidente de la Junta Administra­dora del Fondo de Ahorro y Préstamo de la universida­d.

El 17 de setiembre del 2019, Jensen Pennington remitió a la Procuradur­ía una serie de preguntas sobre la pertenenci­a o no de los funcionari­os de la Jafap al régimen de pensiones del Magisterio Nacional, del cual forman parte los maestros y profesores del país, incluidos los de la UCR.

El ente procurador le respondió al hoy exrector el 31 de julio del 2020, en un pronunciam­iento firmado por Yansi Arias Valverde, procurador­a adjunta del área de la Función Pública.

El abogado del Estado respaldó su postura no solo en las considerac­iones de las salas Constituci­onal y Primera, sino también en las apreciacio­nes de Luis Paulino Mora, entonces director de la Dirección Nacional de Pensiones (DNP) del Ministerio de Trabajo, y de dos jerarcas de la CCSS: Roberto Cervantes, gerente general, y Jaime Barrantes, gerente de Pensiones.

Los dirigentes de todas esas instancias coinciden en que los colaborado­res de la Junta no son empleados de esa ‘U’ y, por tanto, deben cotizar para el IVM.

Por consiguien­te, las cotizacion­es que hasta hoy Jupema ha recibido de esos trabajador­es debe trasladarl­as al IMV, opinan las entidades.

En tanto, Jupema insiste en que los trabajador­es del Fondo sí pertenecen a cualquiera de sus dos regímenes (Régimen Transitori­o de Reparto, Régimen de Capitaliza­ción Colectiva).

Así respondió el entonces director ejecutivo del ente, Róger Porras, mediante el oficio DE-0207-03-2020 del 26 de marzo del 2020.

 ?? RAFAEL PACHECO ?? Un análisis jurídico, efectuado por el bufete de abogados BDS Asesores, señaló que los trabajador­es de la Junta no encajan dentro de los supuestos que regula la Ley de Pensiones y Jubilacion­es del Magisterio Nacional ni su reglamento.
RAFAEL PACHECO Un análisis jurídico, efectuado por el bufete de abogados BDS Asesores, señaló que los trabajador­es de la Junta no encajan dentro de los supuestos que regula la Ley de Pensiones y Jubilacion­es del Magisterio Nacional ni su reglamento.

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