Área legal de Defensoría avala nombramiento cuestionado
››Esposa de exdiputado y exdefensor elegida asesora de jerarca
La Dirección Jurídica de la Defensoría de los Habitantes avaló un cuestionado nombramiento que la jerarca de la entidad, Catalina Crespo, realizó en el mes de abril, afirmando que fue posible debido a un error de dos conceptos en el Estatuto de nombramientos de la institución.
Se trata de la contratación de Tirza Chaves Valdivia, quien fue elegida luego de que un concurso interno fue declarado como infructuoso y que generó varias dudas entre los funcionarios del ente defensor.
Dentro de los señalamientos que se hacían, era que Crespo nombró a la funcionaria sin que hubiera participado en un concurso público, así como que no contaba con las pruebas que se solicitaban para conformar un registro de personas oferentes.
Chaves es esposa de José Manuel Echandi, exdefensor y exdiputado, que actualmente labora como asesor del legislador Otto Roberto Vargas, del Partido Republicano Social Cristiano (PRSC).
Vargas, quien integra comisión legislativa que la investiga los aparentes hechos irregulares de la defensora, aseguró estar muy sorprendido por la noticia del nombramiento así como del interés de Crespo en ubicar a Chaves como asesora.
El 10 de marzo del 2020, tres semanas antes de la designación definitiva, el despacho de Crespo le solicitó por correo electrónico al director de Recursos Humanos, Hernán Rojas, revisar los atestados de Chaves para proceder a contratarla como asesora de la oficina de la jerarca.
Postura. Luego de que la Auditoría Interna de la Defensoría llevara a cabo una investigación de los hechos, esta le solicitó a Crespo realizar una pesquisa para dar con los presuntos responsables de los hechos y determinar si se dio alguna irregularidad.
Luego de esto, el pasado 14 de agosto, la dirección de Asuntos Jurídicos de la Defensoría
emitió su criterio técnico del caso, en donde indica que la contratación de Chaves no fue irregular debido a que no se establece si se debe usar un registro de oferentes o un registro de elegibles.
“Existe un error de carácter técnico conceptual en el artículo 13 del Estatuto 1978, al denominar como registro de oferentes un registro que debe entenderse como de elegibles, a la luz de lo dispuesto en el propio numeral y del espíritu del mismo Estatuto”, detalla el área y a la vez sugiere a la Defensora remediar el error.
La diferencia entre los términos es que un registro de oferentes contiene solo los atestados de los interesados que han sido enviados al departamento de Recursos Humanos, mientras que el registro de elegibles son quienes tengan más de la nota establecida en las pruebas que efectúa la institución.
Según señala la dirección jurídica, debido a que al momento de contratar a la funcionaria no se encontraba concluido ningún concurso público y el concurso interno para el puesto interino fue infructuoso, se procedió a seleccionar candidatos de la lista personas que habían enviado sus atestados a Recursos Humanos.
Esto afirma, fue lo correcto ante la falta de candidatos que ya hubieran participando en otro concurso y que cumplieran las evaluación de las pruebas.
Al conocer los detalles de nombramiento, el Sindicato de Funcionarios y Funcionarias de la Defensoría, denunció la situación, lo que llevó a Alejandra Sobrado, Auditora Interna a realizar una pesquisa.
La conclusión de la Auditoría fue que para poder formar parte del registro de oferentes de dicha entidad, los candidatos, primero, deben de participar en un concurso público, obtener una nota superior a 80 en las pruebas y no haber resultado seleccionados en el proceso.
Sin embargo, lo anterior no sucedió en este caso.
Este medio ha intentado hablar con la defensora para conocer su versión de los hechos, desde el 21 de agosto, sin embargo, al cierre de edición no fue posible obtenerla.