Sala IV: Líderes de cierres buscan dañar orden público
En la misma sentencia en que la Sala Constitucional condenó al Estado por no levantar los bloqueos en carreteras, los magistrados censuraron las acciones de los grupos organizadores de estos cierres.
Los altos jueces señalaron que los responsables de incitar esas protestas tenían el claro objetivo de alterar el orden público. Así consta en la página 44 del documento, pedido por La Nación a la oficina de prensa del tribunal.
“La intención de quienes convocaron a manifestaciones estaba dirigida específicamente a paralizar o entorpecer infraestructura vial del país, como los puertos, las vías de ingreso y egreso terrestre y las carreteras.
”No puede considerarse que tal intención constituya una vertiente legítima de la libertad de expresión, pues su finalidad última no es la expresión de una opinión o la transmisión de un mensaje, sino la generación de un daño significativo al orden público, a efectos de obtener el resultado pretendido”, señala la sentencia.
El responsable de convocar los bloqueos es el autodenominado Movimiento Rescate Nacional, que llamó a estas acciones desde el pasado 30 de setiembre, luego de que el gobierno no acogiera un pliego de peticiones.
Vías legítimas. Los magistrados recordaron a los manifestantes las vías democráticas para pronunciarse.
“La Sala enfatiza en que los mecanismos democráticos de participación ciudadana se ven fortalecidos a través de su uso. Cada vez que una persona ejerce el sufragio en un referéndum o en las elecciones generales, ratifica en ese mismo acto su confianza en el voto y la democracia representativa. A la inversa, el uso de otros medios no previstos por el ordenamiento jurídico –o incluso prohibidos por él– como forma de incidir en las decisiones del país significa un menoscabo al gobierno electo popularmente (...)”, agrega el fallo unánime.