Juzgado de Trabajo declara ilegal huelga en lavandería central de Caja
El Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José declaró ilegal la huelga efectuada en la lavandería central de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), el pasado miércoles 23 de setiembre.
Ese día, diversos funcionarios del servicio dejaron sus obligaciones en protesta por un supuesto acoso laboral por parte de su jefatura.
La sentencia de primera instancia N.° 2020001761 indica que la lavandería es un servicio esencial, y el artículo 376 del Código de Trabajo establece la prohibición de huelgas en servicios esenciales, según un comunicado enviado este 18 de octubre por la Caja.
“Para los efectos del artículo anterior ,se entienden por servicios públicos esenciales aquellos cuya suspensión, discontinuidad o paralización pueda causar daño significativo a los derechos a la vida, la salud y la seguridad pública”, cita la sentencia.
Y añade: “Por su carácter esencial, estará prohibida absolutamente la huelga en servicios de salud, en todos sus niveles de atención, que brinden asistencia de forma directa e integral al usuario, incluyendo los servicios de hospitalización y atención médica domiciliar, consulta externa, exámenes médicos, pruebas de laboratorio y diagnóstico”.
Se agrega a la prohibición de huelga, según la sentencia: “...todo tipo de servicio médico-quirúrgico, tratamientos médicos y/o terapéuticos, así como los de rehabilitación, farmacia, citas y atenciones programadas y no programadas, emergencias y urgencias, lavandería, ropería, aseo, servicios de alimentación a pacientes, vigilancia, registros médicos, archivo, servicios de ambulancia y transporte de usuarios y, en general, todas las actividades o funciones que realizan los trabajadores que llevan a cabo los servicios, cuya interrupción podría poner en peligro la vida o la salud de las personas”.
En el por tanto de la resolución, emitida el 5 de octubre anterior, el juez laboral resolvió proceder conforme el artículo 379 del Código de Trabajo, para efectos de las sanciones disciplinarias correspondientes. También, de acuerdo con el comunicado, condenó al pago de ambas costas de la acción al Sindicato Nacional de Enfermería (Sinae).
El gerente general de la institución, Roberto Cervantes, expresó que dicha resolución refleja que las funciones que realizan los colaboradores de la CCSS son de suma importancia para garantizar a la población la prestación de servicios de salud y pensiones, especialmente en este contexto de pandemia.