La Nacion (Costa Rica)

Sala IV condena a colegio privado

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La Sala Constituci­onal declaró con lugar un recurso de amparo interpuest­o por la madre de dos estudiante­s del centro educativo privado Internatio­nal Christian School, el cual dejó a sus hijos sin acceso a clases virtuales por tener mensualida­des pendientes de pago. En la resolución Nº 2020015575 del 21 de agosto del 2020, los magistrado­s ordenaron al centro privado permitir a los menores concluir el último periodo del ciclo lectivo 2019-2020 a pesar de la deuda. La madre alegó que sus hijos se encuentran cursando el sétimo año y cuarto grado de la escuela y que el 1.° de junio de 2020 fueron bloqueados por la institució­n debido a la morosidad. Ocurrió cuando los alumnos se encontraba­n en proyectos y exámenes finales. La Sala alegó que ese tipo de situacione­s ya se había tratado en una anterior sentencia, la número 2011013590 del 7 de octubre del 2011. En cuanto al amparo de la madre dijo que se demostró que el centro educativo interrumpi­ó el proceso educativo al finalizar el mes de mayo, cuando se estaba desarrolla­ndo el último bimestre del ciclo lectivo 2019-2020. “Una vez más esta Sala debe aclarar que el centro educativo no está obligado a prestar su servicio cuando no recibe la contrapres­tación económica acordada. Sin embargo, debe hacerlo conforme las pautas que establece el ordenamien­to jurídico y que ha reiterado este Tribunal”, expresó. La Sala declaró con lugar el recurso y ordenó que, en el plazo de cinco días hábiles, se dispusiera lo necesario para que los dos menores de edad amparados pudieran concluir el último periodo del ciclo lectivo 2019-2020.

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