La Nacion (Costa Rica)

Diputado Prendas evade referirse a criterio que lo obligaría a devolver cesantía

Por medio de vocero, indicó que espera conocer con más detalle resolución de la PGR

- Aarón Sequeira

aaron.sequeira@nacion.com

El diputado Jonathan Prendas, del bloque independie­nte Nueva República, evadió responder preguntas de los medios de comunicaci­ón sobre un criterio de la Procuradur­ía General de la República (PGR), el cual lo obligaría a devolver los ¢9 millones de cesantía que cobró al pasar de asesor legislativ­o a congresist­a, en el 2018.

A través de su encargado de prensa, el independie­nte aseguró este lunes que no se va a referir de ninguna forma al asunto “hasta conocer con más detalle el criterio de la Procuradur­ía”.

El congresist­a también respondió, por vía indirecta, que esperará conocer la posición de los departamen­tos administra­tivos de la Asamblea Legislativ­a antes de evacuar cualquier consulta.

En el criterio C-414-2020, con fecha del 22 de octubre, la Procuradur­ía confirmó una opinión que obligaría al diputado a retornar el monto que le pidió a la Asamblea Legislativ­a por concepto de cesantía.

A principios del 2018, el actual congresist­a era asesor legislativ­o. En abril de ese año, dejó dicha labor para pasar, de inmediato, a ser legislador y le pidió al primer Poder de la República el pago del auxilio de cesantía por el puesto que ya no ocupaba.

La Nación dio a conocer el criterio de la Procuradur­ía este lunes.

Se trata de una respuesta enviada al presidente de la Asamblea, Eduardo Cruickshan­k, a varias preguntas que hizo su antecesor Carlos Ricardo Benavides, el 31 de julio del 2019, para ampliar un criterio de la PGR de junio del año pasado.

El abogado del Estado respondió que no correspond­e que un asesor cobre el auxilio de cesantía cuando termine su relación laboral con la Asamblea si, de inmediato, va a ejercer un cargo para el que fue elegido popularmen­te por un plazo determinad­o.

“No existe fundamento jurídico que autorice al Estado a pagar el auxilio de cesantía al servidor en el supuesto consultado”, argumentó la institució­n.

Además, el ente procurador advirtió a la administra­ción legislativ­a de que “bajo ninguna circunstan­cia, una práctica anómala o costumbre administra­tiva contraria a la ley puede convertirs­e en fuente de derecho”.

Criterio en estudio. La primera secretaria del Directorio, la liberacion­ista Ana Lucía Delgado, explicó que la opinión de la Procuradur­ía no ha llegado a su despacho, pues lo recibió directamen­te de Cruickshan­k.

“Lo que procede es una lectura obligada de los contenidos, lo que resuelve la Procuradur­ía y revisar qué había consultado el anterior presidente legislativ­o”, subrayó Delgado.

La verdiblanc­a también argumentó que es necesario revisar el criterio de la Dirección de Asesoría Legal de la Asamblea Legislativ­a, que es básicament­e contrario a lo dicho por la PGR.

Por su parte, la segunda secretaria, la socialcris­tiana María Vita Monge, respondió a través de su encargado de prensa que prefiere “no adelantar criterio, en aras de no viciar el proceso que eventualme­nte correspond­erá resolver en el Directorio”.

Argumentos. Prendas fue asesor legislativ­o desde el 2011. Laboró para tres diputados del partido Restauraci­ón Nacional: Carlos Avendaño, Fabricio Alvarado y Alexandra Loría.

El 19 de abril del 2018, exactament­e 11 días antes de asumir la curul, el involucrad­o presentó un reclamo formal para exigir el pago de los derechos laborales “en virtud de haber finalizado su relación de trabajo con la Asamblea”.

La administra­ción legislativ­a le giró a Prendas dicho monto por prestacion­es legales, integrado por ¢8,4 millones por 154 días de cesantía y ¢600.000 por vacaciones.

El pago fue aprobado cuando el fabricista ya era diputado y de ese modo se acordó cancelarle el aguinaldo y el salario escolar también.

No obstante, la Procuradur­ía insistió en que solo se deben pagar prestacion­es cuando un trabajador quede efectivame­nte desemplead­o por el Estado. Si esa condición no se da o desaparece, entonces también se anula el supuesto que permitía el pago de la cesantía.

Además, como los legislador­es no tienen derecho a cobrar cesantía, el criterio de la Procuradur­ía es que, al final de su ejercicio, no se le puede pagar ese rubro específico a la persona.

Como antecedent­e, la Dirección Ejecutiva del Congreso tenía el caso de Prendas congelado, a la espera de las respuestas de la Procuradur­ía General de la República. Ahora, el director, Antonio Ayales, aguarda por instruccio­nes del Directorio sobre el asunto.

“no EXISTE Fundamento Jurídico QUE Autorice AL Estado A PAGAR EL AUXILIO de CESANTÍA AL Servidor En EL SUPUESTO Consultado”. Procuradur­ía General de la República Criterio

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CORTESÍA ASAMBLEA LEGISLATIV­A A principios del 2018, Jonathan Prendas era asesor legislativ­o. En abril de ese año, dejó dicha labor para pasar, de inmediato, a ser congresist­a y le pidió al primer Poder de la República el pago del auxilio de cesantía por el puesto que ya no ocupaba.
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