Diputados prohibirían negociar pluses y alzas salariales en convenciones colectivas
››Propuesta también impediría crear nuevas plazas en esos acuerdos
Cinco diputados de la Comisión de Gobierno y Administración aprobaron este jueves introducir, en el proyecto de reforma al empleo público, regulaciones en la negociación de convenciones colectivas en las instituciones del sector estatal.
El foro legislativo aprobó la moción número 56, la cual propone prohibir que en estas negociaciones colectivas se pacten incrementos salariales, nuevos pluses, la creación de nuevas plazas o aspectos adicionales que afecten el presupuesto nacional o de las instituciones.
Votaron a favor los diputados Luis Fernando Chacón (Partido Liberación Nacional), Víctor Morales y Nielsen Pérez (Partido Acción Ciudadana), Pablo Heriberto Abarca (Partido Unidad Social Cristiana) y Jonathan Prendas (bloque independiente Nueva República).
En contra se pronunciaron el liberacionista David Gourzong y el independiente Dragos Dolanescu.
La regulación sería para el sector público incluido dentro la reforma, lo que abarca los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE), así como las instituciones autónomas como la Caja Costarricense de Seguro Social, las universidades públicas y las municipalidades.
También sería extensiva a las empresas públicas en competencia, como el Instituto Nacional de Seguros (INS), Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) o el Banco de Costa Rica (BCR), las cuales quedaron excluidas del resto de regulaciones del proyecto, como la implementación de un salario global y la sujeción a la rectoría del Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica (Mideplán) y de la Dirección del Servicio Civil.
Regulación, no prohibición. Los diputados optaron por regular la negociación colectiva en todo el Estado, pese a que la Procuraduría General de la República (PGR) había aclarado que el Congreso, además de restringir su alcance, podría hasta prohibirlas en un determinado grupo de instituciones públicas sin que ello implique violación de normas constitucionales.
Esa prohibición, según el abogado del Estado, podría darse en las instituciones que brindan servicios públicos, excepto en las empresas públicas en competencia, donde son permitidos ese tipo de pactos.
La moción aprobada este jueves liga esas negociaciones a los principios constitucionales de proporcionalidad y razonabilidad, legalidad e igualdad, así como el de legalidad presupuestaria y el de publicidad y transparencia.
Sobre legalidad y transparencia, se obligaría a las partes a levantar un acta de cada sesión de la negociación, que se publicaría como máximo al finalizar el proceso, junto con un acta de cierre que deberá tener las cláusulas pactadas y lo que se desechó o no se pudo sellar por falta de acuerdo.
Asimismo, se ordenaría al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social publicar en su página web, antes de la homologación del convenio, el acta de cierre de la negociación.
Si en la negociación existen acuerdos que afecten el principio de legalidad presupuestaria, los cuales requieren de aprobación legislativa, estos quedarán condicionados a la inclusión en el Presupuesto de la República y en su reglamento, dice la moción incorporada al proyecto de ley.
El liberacionista Luis Fernando Chacón, uno de los firmantes de la moción, explicó que las regulaciones parten del principio de que las convenciones colectivas son un derecho constitucional del trabajador, pero que se debe retomar lo dicho por la Sala Constitucional en la materia.