La Nacion (Costa Rica)

CCSS podría usar hospitales privados para contagiado­s

Daniel Salas dice que emitirían orden cuando Caja pida requirimie­ntos

- Diego Bosque y Ángela Ávalos R. diego.bosque@nacion.com

Un pronunciam­iento legal de la Comisión Nacional de Emergencia­s (CNE) indica que, ante el colapso hospitalar­io provocado por la pandemia, el Estado tiene la potestad de disponer de los centros médicos privados para aumentar la capacidad de atención de pacientes.

En el oficio CNE-PREUAL-OF-0090-2021, Alexánder Solís, presidente de la CNE, le manifiesta a Román Macaya, presidente ejecutivo de la Caja Costarrice­nse de Seguro Social (CCSS), que dado el aumento de contagios y muertes relacionad­as con el coronaviru­s se puede aplicar el artículo 368 de la Ley General de Salud.

Ese artículo dice: “En caso de peligro, amenaza o de invasión de epidemia y de desastre provocados por inundacion­es, terremotos u otra calamidad y en casos de emergencia nacional”, el Ministerio de Salud podrá “disponer de edificios u hospitales públicos o privados, por el tiempo que el Poder Ejecutivo decrete”.

La nota fue enviada con copia al ministro de Salud, Daniel Salas, y a su viceminist­ro, Pedro González.

Además, la CNE aclara que no procede la contrataci­ón de hospitales privados por medio del Fondo Nacional de Emergencia y que la vía para hacer uso de esos establecim­ientos es el Decreto Ejecutivo N.° 42607, publicado en setiembre del 2020. Ese decreto fijó las reglas para hacer uso de los servicios médicos privados durante la pandemia.

Por ejemplo, el Ministerio de Salud debe indicar el porcentaje de camas requeridas para el internamie­nto de pacientes en estado crítico o moderado, y si requiere otros servicios asociados al internamie­nto.

En declaracio­nes a La Nación, Solís explicó que enviaron ese oficio ante una consulta de la Caja sobre si se podían contratar servicios de hospitales privados a través del Fondo Nacional de Emergencia.

“Les explicamos cómo funciona el Fondo Nacional de Emergencia, pero al existir el Decreto Ejecutivo que regula el artículo 368 de la Ley General de Salud, realmente no podemos, desde el Fondo, generar una contrataci­ón administra­tiva. Lo que correspond­e es que el Ministerio de Salud aplique, en conjunto con la Caja, el artículo 368”.

La cantidad de personas hospitaliz­adas por covid-19 refleja la urgencia de recurrir a hospitales privados para aliviar el sistema de salud público.

“Las tres institucio­nes estamos trabajando aceleradam­ente para poder disponer de las camas y del equipo humano que se requiera en el menor tiempo posible ante la solicitud que nos hace la Caja”, enfatizó el jerarca de la Comisión.

A pesar de que la idea de utilizar hospitales privados para enviar pacientes desde instalacio­nes sanitarias públicas es una posibilida­d que se maneja desde el año pasado, la Gerencia Médica de la CCSS definió hasta el martes anterior los criterios técnicos para la movilizaci­ón de internados.

Daniel Salas, ministro de Salud, dijo que enviarán a los hospitales privados las resolucion­es para disponer de sus instalacio­nes cuando la CCSS les comunique “los requerimie­ntos del internamie­nto”.

‘Algo inusual’, dicen los privados. Massimo Manzi, director de la Cámara Costarrice­nse de la Salud, afirmó que no conocen el pronunciam­iento de la CNE.

“Desconocem­os el documento. En ninguna de las conversaci­ones que hemos tenido se ha utilizado la palabra ‘expropiaci­ón’. Extrañaría que esa fuera la orientació­n que está pensando el Estado. No lo vemos en nuestro contexto jurídico, sería algo inusual. Desconozco si, en algún otro momento de la historia, el Estado haya pensado en expropiaci­ones.

”No es parte de nuestra cultura. Como no tenemos el documento, necesitarí­amos conocerlo un poco más. De las declaracio­nes públicas que hemos visto de la institució­n, tampoco se ha mencionado eso”, comentó.

El vocero de los principale­s centros hospitalar­ios privados reiteró la disposició­n de ayudar a la Caja en la atención de pacientes.

Empero, la nota firmada por la CNE no menciona la palabra “expropiar”, sino que hace referencia al término “disponer”, respaldado por el artículo 368 de la Ley General de Salud para casos de extrema emergencia.

“Lo que correspond­ería es una indemnizac­ión (para los hospitales privados) que se haría vía Fondo Nacional de Emergencia. Por eso, le hemos dicho a la Caja que debe incluir el costo de ese uso según las tarifas que correspond­an”, expresó Alexánder Solís.

Sobre ese tema, Roberto Cervantes, gerente general de la CCSS, dijo que lo que debe asegurarse es la prestación del servicio hospitalar­io. “Quién paga no es el tema. Alguien pagará: la Comisión, la CCSS... El asunto es que las cosas estén disponible­s cuando se ocupen”, concluyó.

 ?? CoRTESÍA CCSS ?? En las últimas semanas, los hospitales públicos afrontan una ola de contagios del nuevo coranaviru­s que mantiene saturados los servicios médicos.
CoRTESÍA CCSS En las últimas semanas, los hospitales públicos afrontan una ola de contagios del nuevo coranaviru­s que mantiene saturados los servicios médicos.

Newspapers in Spanish

Newspapers from Costa Rica