La Nacion (Costa Rica)

Baja temporal

- Ricardo González Abogado rgonzalez@roblesorea­muno.com

Mediante un comunicado institucio­nal, la Dirección General de Tributació­n (DGT) anunció que a partir del 1.º de julio 2021 modificará el estado tributario de los contribuye­ntes que en los últimos tres periodos fiscales o más, no hayan presentado las declaracio­nes de los impuestos en los que estén inscritos, entre ellos el de valor agregado (IVA) y el impuesto sobre la renta. De esta manera, de conformida­d con la resolución DGT-R-29-2020 del 15 de setiembre del 2020, el contribuye­nte que está en esa condición pasará de “inscrito” a “baja temporal”.

Cabe recordar que las personas físicas o jurídicas, así como los entes colectivos sin personalid­ad jurídica que tengan la obligación de inscribirs­e, modificar datos y desinscrib­irse en el Registro Único Tributario (RUT), se les identifica mediante los siguientes estados: no inscrito; inscrito; inscrito de oficio; desinscrit­o; desinscrit­o de oficio y baja temporal.

Precisamen­te la condición de “baja temporal” es el estado que se asigna de oficio a los obligados tributario­s que no han presentado las declaracio­nes auto liquid ativas de los últimos tres períodos fiscales o más, correspond­ientes a los impuestos en los que se encuentren inscritos.

De conformida­d con el artículo 103 inciso a) del Código de Normas y Procedimie­ntos Tributario­s, la DGT está facultada para verificar el correcto cumplimien­to de los deberes y obligacion­es de los contribuye­ntes por todos los medios y procedimie­ntos legales, por lo que a quienes se aplique la “baja temporal” no se les validarán los comprobant­es electrónic­os emitidos, tampoco podrán realizar modificaci­ones en el Registro Único Tributario, ni presentar declaracio­nes.

Una vez que el contribuye­nte ha sido ubicado en estado de “baja temporal”, si desea modificar esta condición, deberá solicitarl­o a la Administra­ción Tributaria por medio de la plataforma para trámites virtuales (TRAVI), ingresando su solicitud en la gestión “Solicitar estudio por estado tributario de baja temporal”.

Las personas que deseen saber el estado en que se encuentran pueden consultarl­o en la página web del Ministerio (www.hacienda.go.cr), sección “servicios más utilizados”, ícono “situación tributaria”, con solo anotar su cédula.

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