La Nacion (Costa Rica)

CCSS amplía un año plazo para arreglos de pago

Trabajador­es por cuenta propia y patronos podrán normalizar situación

- Ángela Ávalos R. aavalos@nacion.com

“DESDE LA IMPLEMENTA­CIÓN DE ESTAS MEDIDAS (EN ABRIL DEL 2020 Y HASTA JUNIO DEL 2021) SE HAN SUSCRITO UN TOTAL DE 19.112 Acuerdos de Pago”. Luis Diego Calderón director de Cobros Ccss

Los patronos y trabajador­es independie­ntes morosos con la Caja Costarrice­nse de Seguro Social (CCSS) tendrán más tiempo para resolver sus deudas con la institució­n.

La Junta Directiva de la CCSS acordó prorrogar un año más, hasta el 30 de junio del 2022, las ocho medidas para facilitar los arreglos de pago por saldos en rojo, detalló la institució­n en un boletín de prensa.

“Desde la implementa­ción de estas medidas (en abril del 2020 y hasta junio del 2021) se han suscrito un total de 19.112 acuerdos de pago, por un monto de ¢113.375 millones, registrand­o un crecimient­o en un 37,29% en el número de casos y de un 80,87% en el monto formalizad­o respecto al periodo sin pandemia (abril del 2018 a junio del 2019)”, explicó Luis Diego Calderón Villalobos, director de Cobros de la Caja.

A mediados del 2019 y por la situación económica que atravesaba el país en ese momento, la institució­n pública avaló varios cambios para facilitar a patronos y trabajador­es independie­ntes morosos normalizar su condición.

Con la pandemia por covid-19 se revisaron las medidas y se adecuaron a la emergencia sanitaria.

Estas condicione­s fueron calificada­s por Calderón como “salvavidas” para los patronos y trabajador­es independie­ntes morosos, pues les permiten saldar sus deudas en plazos de cinco, ocho y hasta 15 años.

El funcionari­o destacó que, al suscribir el acuerdo de pago, el patrono o trabajador independie­nte adquiere la condición de estar “al día”.

Esa es una condición necesaria para poder realizar diversos trámites ante la Administra­ción Pública, entre ellos, participar en procesos de contrataci­ón administra­tiva, solicitar permisos, autorizaci­ones y exoneracio­nes fiscales, e inscribir documentos en el registro público.

Estas son las ocho medidas aprobadas por la CCSS que estarán vigentes hasta el 30 de junio del 2022:

➤ 1. Disminució­n de la tasa de interés.

Se pasó de 9,47% a 4,15% anual; la tasa de interés actual se calcula con base en la Tasa Básica Pasiva, del Banco Central de Costa Rica más 1 punto porcentual.

➤ 2. Aumento de plazo máximo de los acuerdos de pago.

Se amplió el plazo máximo de los convenios de pago de cuatro a cinco años. En el caso de los arreglos de pago, se extendió el periodo máximo de 12 a 15 años cuando la garantía es una hipoteca en primer grado, y para el resto de las garantías, se alargó de siete a ocho años.

h 3. Disminució­n del porcentaje del pago inicial para los trabajador­es independie­ntes.

En un principio, los porcentaje­s del pago inicial para convenios de pago con trabajador­es independie­ntes se situaban entre un 15% y un 30% del monto de la deuda, según el plazo del convenio. Ese porcentaje se disminuyó en un rango de entre un 5% y un 20%, según el plazo del convenio de pago.

➤ 4. Ampliación del plazo para el pago de cuotas de convenios de pago con atraso.

Si el deudor tenía un atraso de 60 días en el pago de las cuotas del convenio de pago, la administra­ción finalizaba por incumplimi­ento y procedía a realizar las gestiones cobratoria­s. Ese plazo se aumentó a 90 días para dar al deudor más tiempo para poner su operación al día.

➤ 5. Inclusión de los gastos de formalizac­ión como parte del acuerdo de pago en deudas menores a ¢1 millón.

Para formalizar cualquier acuerdo, el deudor debe pagar a la CCSS gastos de formalizac­ión por ¢50.938.

Esta suma se puede incluir en los acuerdos de pago por deudas menores a ¢1 millón con el fin de reducir la cuantía del pago inicial.

➤ 6. Ampliación de plazo para cuotas “pago único de intereses” en convenios de pago.

En convenios de pago, existe la posibilida­d de pagar una cuota muy baja, que considere solo intereses, sin aportes al principal. Para esta modalidad de pago, se amplió el plazo de 1 a 2 años, con el fin de permitir al deudor mantener un pago mínimo que le restaría presión a su flujo de caja.

➤ 7. Reducción del requisito del porcentaje amortizado para readecuaci­ones de convenios de pago.

Un requisito para las readecuaci­ones de convenios de pago es haber pagado un porcentaje del monto principal del acuerdo vigente. Ese porcentaje se redujo para hacer más accesibles, las readecuaci­ones de convenios de pago.

Antes de las modificaci­ones, para los convenios de pago se tenía la opción de readecuar en dos ocasiones; es decir, hacer un convenio de pago más dos readecuaci­ones. Con los cambios realizados, ahora se admite una tercera readecuaci­ón adicional.

➤ 8. Disminució­n del porcentaje de cobertura de los fiadores en arreglos de pago con garantía fiduciaria.

Para que una persona califique como fiador en un arreglo de pago, su salario neto debía cubrir al menos un 15% de la deuda. Actualment­e, ese porcentaje se reduce a un 12%.

La suscripció­n de acuerdos de pago se puede hacer en línea desde la oficina virtual de la Caja en la siguiente dirección: https://aissfa.ccss.sa.cr/afiliacion/

También está disponible el correo electrónic­o cobro@ccss. sa.cr.

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RAFAel PACHeCo Una de las ocho medidas para facilitar los arreglos de pago incluye la disminució­n de la tasa de interés. Se pasó de 9,47% a 4,15% anual; la tasa de interés actual se calcula con base en la Tasa Básica Pasiva del BCCR más 1 punto porcentual.

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