La Nacion (Costa Rica)

Abogado: Presidente no puede proponer al representa­nte ante el organismo

- Josué Bravo josue.bravo@nacion.com

El abogado constituci­onalista Rubén Hernández afirmó que, de acuerdo con la ley de adhesión a la OCDE, el presidente de la República no puede proponer al representa­nte del país ante la Organizaci­ón para la Cooperació­n y el Desarrollo Económicos (OCDE).

Según su criterio, la ley aprobada por los diputados y firmada por el propio mandatario Carlos Alvarado es vinculante en el sentido de que el designado únicamente debe ser propuesto por el Ministerio de Comercio Exterior (Comex).

No obstante, ante una propuesta del presidente Alvarado, el Consejo de Gobierno eligió y nombró el martes 6 de julio al político y economista Ottón Solís.

En la sesión de ese día, el jerarca del Comex, Andrés Valenciano, propuso el nombre de Manuel Tovar, actual representa­nte ante la OCDE, pero el Consejo de Gobierno rechazó la recomendac­ión. Valenciano votó en contra de la designació­n de Solís.

Rubén Hernández señaló que lo sucedido viola el artículo 4 de la ley, el cual dice que “el Consejo de Gobierno, por iniciativa del Ministerio de Comercio Exterior (Comex), designará al funcionari­o que representa­rá al país ante dicha organizaci­ón”.

“La ley no podría decir que quien elige es el Ministerio, porque siempre los embajadore­s los nombra el Consejo de Gobierno. Aquí lo que cambia, la innovación, es que quien puede proponer el nombre únicamente es el ministro; el presidente no puede proponer nombres.

”La ley es muy clara en el sentido de que tiene que ser propuesta del ministro (de Comex). Y, además, ahí mismo dice que va a formar parte de ese Ministerio, con lo cual excluye que forme parte del Ministerio de Relaciones Exteriores”, declaró Hernández.

El experto añadió que la ley tampoco señala qué pasa si el Consejo de Gobierno rechaza la iniciativa del Comex sobre la persona que representa­rá al país ante la OCDE.

“No dice nada, nada más dice que la iniciativa viene de ahí. Entonces, pareciera que la ley quedó clara.

”El interés del legislador es que siempre se elija alguien que venga recomendad­o por el Ministerio de Comercio Exterior. Si no viene recomendad­o por (ese Ministerio), no pueden nombrarlo”, agregó.

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Rubén Hernández afirmó que “el interés del legislador es que siempre se elija alguien que venga recomendad­o por el Comex”.

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