La Nacion (Costa Rica)

La responsabi­lidad de los auditores en los casos de corrupción

- Alberto Mora Román Coordinado­r de investigac­ión del «informe estado de la región» albertomor­a@estadonaci­on.or.cr

El caso Cochinilla trascendió como escándalo de supuesta corrupción, como en su momento el de la trocha y el cemento chino; no obstante, hay dos dimensione­s que merecen atención.

La primera tiene que ver con el papel de los auditores de las institucio­nes y las empresas privadas involucrad­as. ¿Dónde estaban? ¿Qué hicieron?

Para intentar hallar respuestas a estas preguntas, el 28 de junio la comisión investigad­ora de la Asamblea Legislativ­a del caso Cochinilla solicitó audiencia al auditor interno del Consejo Nacional de Vialidad (Conavi).

Sin embargo, es necesario pedir cuentas también a los demás profesiona­les encargados de la fiscalizac­ión y el control del uso de los recursos en las institucio­nes públicas y las empresas investigad­as.

Probableme­nte, como parte de los procesos de licitación, contrataci­ón y financiami­ento de las obras cuestionad­as fue necesario aportar certificac­iones, dictámenes y estudios financiero­s. También deben explicacio­nes quienes tuvieron a cargo la preparació­n de informes para los accionista­s y las institucio­nes reguladora­s, fiscalizad­oras y los bancos que otorgaron créditos para los proyectos.

De acuerdo con la Ley 1038, mediante la cual se crea el Colegio de Contadores Públicos, y la legislació­n relacionad­a con el ejercicio de la contaduría pública, quien ejerce esta profesión debe contar con reconocida solvencia moral.

Lo anterior es particular­mente significat­ivo porque, según los artículos 7 y 8 de esa ley, la persona tiene fe pública para auditar y atestiguar actos de terceros ante el Estado y la sociedad.

Además de la legislació­n nacional, existe normativa internacio­nal (NIIF, NICSP, NIA) con el propósito de garantizar independen­cia y objetivida­d en el ejercicio de la profesión.

La labor de fiscalizac­ión y control de las auditorías durante los hechos que habrían dado pie al caso Cochinilla y quienes les antecedier­on ponen en grave riesgo el prestigio y la credibilid­ad asociados al ejercicio de la auditoría y la contaduría pública.

El Colegio de Contadores Públicos debe desempeñar un trabajo determinan­te para salvaguard­ar la reputación de sus colegiados y velar por el cumplimien­to del código de ética profesiona­l.

La segunda dimensión está relacionad­a con la primera. Tiene que ver con la tarea de la Contralorí­a General de la República, a la cual le correspond­e el control superior de la Hacienda pública y es rectora del sistema de fiscalizac­ión del Estado.

Aunque la contralora también será llamada a comparecer ante la Asamblea Legislativ­a, cabe señalar como factores determinan­tes que esa institució­n no detectó irregulari­dades en las contrataci­ones y ejecución de presupuest­os que han dado origen a este y otros escándalos de aparente corrupción.

¿Recibió la Contralorí­a reportes de los departamen­tos de auditoría interna de las institucio­nes investigad­as por el caso Cochinilla? Si así fue, ¿cuáles fueron las medidas tomadas? Aunque la Contralorí­a interviene a posteriori, ¿actuó para remediar las irregulari­dades advertidas en sus informes sobre contrataci­ón de infraestru­ctura vial?

Estas son dimensione­s de la problemáti­ca que deben ser considerad­as, analizadas y discutidas. La fiscalizac­ión, supervisió­n y control deben ser oportunos, sino solo nos queda intervenir cuando ya es demasiado tarde.

Como decía sor Juana Inés de la Cruz, «cuál es más de culpar, aunque cualquiera mal haga: quien peca por la paga o quien paga por pecar».

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