La Nacion (Costa Rica)

Conozca el nuevo procedimie­nto para asegurar a un familiar

››Mientras se aplica el reglamento, se renovará de forma automática

- Daniela Cerdas E. daniela.cerdas@nacion.com

El 5 de octubre, la Junta Directiva de Caja Costarrice­nse de Seguro Social (CCSS) aprobó un nuevo reglamento para que los asegurados directos extiendan ese beneficio a personas con algún parentesco, pero con un trámite mucho más ágil que el actual.

El reglamento evolucionó del concepto histórico de “beneficio familiar” a un nuevo concepto denominado “Protección Familiar”, además disminuyer­on el papeleo y los requisitos; así por ejemplo, en vez de llenar seis formulario­s, solo habrá que llenar uno.

La Nación conversó con Juan Piedra Montero, de la Dirección de Coberturas Especiales de la Gerencia Financiera de la CCSS, quién detalló las nuevas condicione­s y el procedimie­nto:

1. Una vez que se publique en La Gaceta, el asegurado podrá llenar el documento en el área de salud en la que esté adscrito. También lo pueden hacer en la página web de la Caja donde se colgará, mientras se construye la plataforma digital.

2. Para asegurar a un familiar, es necesario ser asegurado directo de la CCSS, ya sea un asalariado, trabajador independie­nte o un pensionado. El protegido no tiene que tener ninguna actividad económica. El familiar que se permite enlazar puede ser cónyuge (casados), la pareja en unión libre o de hecho, madre, padre, hijos o hermanos.

3. En el caso de los hijos, se permite otorgar la protección familiar a los menores o mayores de edad, entre 18 y 25 años no cumplidos, siempre y cuando estén estudiando.

4. El seguro para hijos mayores de edad se otorgará por un año, el interesado debe presentar el comprobant­e de estudios, ya sea la matrícula o recibo de pago de la universida­d, una vez al año para renovar la protección. Si al momento de solicitar el aseguramie­nto en el establecim­iento de salud no tiene el comprobant­e, se puede enviar por correo electrónic­o, no es necesario volver a ir, en caso de que el trámite lo haya hecho presencial.

5. Si se desea asegurar al cónyuge, se llena un formulario pequeño básico y se debe demostrar el matrimonio. Si se va a asegurar a un padre o hermanos, se llena un formulario con una declaració­n jurada.

6. En el caso de la pareja en unión libre o de hecho, antes se les pedía tener tres años de convivenci­a, sin embargo, se eliminó el plazo de los tres años y se debe llenar un único formulario y firmar un documento de declaració­n jurada, extendida por la Caja, demostrand­o el vínculo, esa se puede llenar de modo presencial o enviar por correo.

7. Mientras los cónyuges o parejas en unión de hecho estén juntos, el seguro se mantendrá, siempre y cuando la persona que otorgó el beneficio siga como asegurada directa. Antes se debía renovar cada año, en el caso de las parejas en unión de hecho, y, cada dos años, en los matrimonio­s; pero eso ya se eliminó.

8. Cuando se haga el trámite, la Caja analizará la situación del posible protegido, para determinar si él o ella está obligado a contribuir a los seguros sociales que administra la Caja, eliminando el estudio que se efectúa en la actualidad para establecer la dependenci­a económica entre el asegurado directo y el beneficiar­io familiar. La respuesta del aseguramie­nto la tendrán los interesado­s en dos o tres días hábiles, antes tardaba más.

9. Cuando uno de los beneficiar­ios por el asegurado directo comience una actividad económica o consiga un trabajo, ya sea el cónyuge, pareja, hijo, padres o hermanos; el beneficio se cancela.

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CcSS La CCSS trabaja en un sistema para que el trámite sea completame­nte digital, por medio de la página web o la aplicación EDUS. Odontologí­a es parte de los servicios a los que se puede acceder.

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