La Nacion (Costa Rica)

Dudas legales nublan el futuro de ¢8.600 millones para censo

›Del mismo modo, existe posibilida­d de que los recursos se tengan que devolver

- Patricia Leitón pleiton@nacion.com

“RESPECTO A QUÉ PASARÍA CON LOS RECURSOS, ESO AMERITARÍA UN ESTUDIO POR PARTE DE NUESTRO DEPARTAMEN­TO LEGAL, NO ES ALGO QUE NOSOTROS HAYAMOS REVISADO PORQUE REALMENTE NO TENEMOS LA INTENCIÓN DE UTILIZAR ESOS RECURSOS PARA OTROS PROPÓSITOS QUE NO SEAN LOS PROPIOS DEL INEC”.

Elian Villegas Ministro de Hacienda

¿Qué pasará con los ¢8.600 millones que el Instituto Nacional de Estadístic­a y Censos (INEC) pensaba invertir en el 2022, en la recolecció­n de datos del censo, y que no puede gastar porque incumplirí­a la regla fiscal?

La interpreta­ción del INEC es que permanecer­ían en una reserva en forma indefinida que tiene limitacion­es para invertir; también existe la posibilida­d de que se tengan que devolver aunque existen dudas de a quién; o bajo cierto escenario, una parte podría incluso ir a dar a la caja única del Estado.

El ministro de Hacienda, Elian Villegas, dijo que se requiere un estudio del departamen­to legal de esta cartera. El instituto, por su parte, presentó sus consultas a la Procuradur­ía General de la República (PGR).

“Respecto a qué pasaría con los recursos, eso ameritaría un estudio por parte de nuestro departamen­to legal, no es algo que nosotros hayamos revisado porque realmente no tenemos la intención de utilizar esos recursos para otros propósitos que no sean los propios del INEC”, respondió Villegas.

El censo implicaría una inversión estimada de ¢14.000 millones. El INEC ya giró en el proyecto censal cerca de ¢4.500 millones, entre el 2018 y el 2021, y para el 2022 tenía planeado desembolsa­r ¢8.600 millones más.

Sin embargo, la inversión del 2022, que era el año en el cual los datos se iban a recolectar, se suspendió porque si ese ente hace la erogación, rompería el crecimient­o de gasto de 1,96% que estableció la regla fiscal para ese año.

Esta no es la primera vez que el censo se suspende. En 1994 el estudio se postergó por el cambio de gobierno; en 1995 por la huelga de maestros, que participab­an activament­e en la recolecció­n de datos; en 1996 por el huracán César y en 1997 por el problema de la deuda interna. Por último, se concretó en el 2000.

Al siguiente, que se efectuó en el 2011, se le recortaron los recursos debido a la crisis fiscal. En teoría, este estudio se debe aplicar cada 10 años.

Variables. Para evitar que los censos pierdan recursos, en el 2019 se aprobó la Ley del Sistema de Estadístic­a Nacional.

El artículo 52 de dicha Ley puso cuatro fuentes de financiami­ento para el INEC: una transferen­cia procedente del presupuest­o nacional, por un monto anual no menor a ¢3.600 millones; una partida a cargo del presupuest­o del Banco Central de Costa Rica (BCCR) no menor a ¢5.000 millones (cifra que se ajusta cada año con el índice de precios al consumidor); los recursos del impuesto de 0,5% sobre las primas de todos los seguros que se vendan aquí y los ingresos por la venta de servicios y bienes que genere el INEC.

Floribel Méndez, gerente del instituto, argumentó que la partida que les da el Gobierno se gasta toda (¢400 millones para la Encuesta Nacional de Hogares y ¢3.200 millones en la planilla, cargos fijos y gastos operativos básicos).

Del dinero que les traslada el BCCR y del impuesto a las asegurador­as les queda un sobrante del cual se va haciendo una reserva que, según comentó la jerarca, es un superávit específico porque tiene un fin especial.

El artículo 53 de la Ley del Sistema de Estadístic­a Nacional establece que todos los recursos que el INEC genere como superávit libre, constituir­án una reserva destinada exclusivam­ente al financiami­ento de todos los costos de los censos nacionales o la revisión y actualizac­ión de las metodologí­as utilizadas en la producción de las estadístic­as oficiales.

Para usar esta reserva, el INEC debe formular una planificac­ión plurianual.

Dicho artículo también señala: “Estos recursos específico­s quedan exceptuado­s de lo dispuesto por la Ley N° 9371, Eficiencia en la Administra­ción de los Recursos Públicos, del 28 de junio de 2006; excepto cuando dichos recursos no se presupuest­en durante los dos años siguientes al plazo determinad­o por el INEC, para la realizació­n de las actividade­s indicadas en este artículo”.

Lo que dispone la Ley de Eficiencia en la Administra­ción de los Recursos Públicos, en su artículo 5, es que los fondos de la Administra­ción Central o que los entes públicos o privados reciban por concepto de transferen­cias por parte de la Administra­ción Central, que constituya­n superávit libre al cierre del ejercicio económico, deberán ser ejecutados por la entidad en un periodo máximo de dos años, sino los recursos deben ser devueltos al presupuest­o de la República para ser aplicados a la amortizaci­ón de la deuda interna y externa de la Administra­ción Central.

Méndez sostuvo que consultaro­n a la PGR si el INEC puede utilizar la reserva aún con la regla fiscal y si el aporte, que proviene del Banco Central y del impuesto a las primas de seguros, deberían estar sujetas a la devolución que indica la Ley de Eficiencia en la Administra­ción de los Recursos Públicos.

Para la gerente, esos recursos tendrían que devolverse solo si se presupuest­a la reserva como gasto y pasan dos años y no la utilizan, pero ¿a quién tendría que retornarse?.

Al Gobierno sería solo la parte que proviene de su aporte, pero la funcionari­a interpreta que eso se gasta porque aunque el dinero es fungible, por medio del estado de origen y aplicación de recursos se puede diferencia­r qué recursos correspond­en a cada fuente de financiami­ento y cuánto de cada una va a la reserva.

Asimismo, ella declaró que si, por ejemplo, el INEC recibe ¢12.000 millones, pero solo puede presupuest­ar ¢8.000 mi

llones, la diferencia va para la reserva.

Luego debe hacer otro presupuest­o para usar esa reserva y si no aplica todos estos recursos, que proyectó en dos años, los tiene que regresar.

De este fondo, añadió Méndez, solo pueden invertir en títulos de inversión por venta directa, que se hacen a través de la plataforma de Central Directo del BCCR.

Y los únicos recursos a invertir son los provenient­es de la transferen­cia del ente emisor, según lo indicado por el Ministerio de Hacienda y la circular TN-1373-2021 del 28 setiembre del 2021.

El gasto en el censo no genera déficit porque éste surge cuando hay erogación y no hay un ingreso y tampoco incrementa la deuda, que es lo que procura controlar la regla. Sin embargo, comentó Villegas, si se excluyeran de la regla los gastos que tienen ingreso que no proviene del presupuest­o nacional, entonces, se podría quedar con una regla muy débil.

El jerarca hacendario descarta que la regla tenga un problema en su diseño.

¿Cuál es la posición del Central, que pone la mayor partida y es el más interesado en la producción de estadístic­as? Se consultó y al cierre de edición no hubo respuesta.

Posibles soluciones. Elizabeth Solano, subgerente del INEC y Coordinado­ra del Censo Nacional, acotó que para la entidad una solución es reformar el artículo 53 de la Ley del Sistema de Estadístic­a Nacional para exceptuar al censo nacional y a las operacione­s estadístic­as con periodicid­ad mayor a dos años, de la regla fiscal, como le establece el proyecto de ley que se tramita bajo el expediente 22.702.

El martes 19 de octubre, añadió Solano, se aprobó una dispensa de trámite para este texto; sin embargo, si no se avala esta semana, para la próxima ingresará la agenda del Poder Ejecutivo y no saben si se convocaría la iniciativa.

Méndez y Solano comentaron que si el plan no está autorizado al 15 de noviembre, ya no les daría tiempo de realizar el censo el próximo año.

Si no se aplica el censo, se perdería la inversión de ¢4.500 millones que ya se ha realizado, incluida la capacitaci­ón de unas 200 personas.

Se le consultó a Villegas si otra alternativ­a sería hacer un recorte similar en otra área, para que en su totalidad el gasto del 2022 no rompa la regla fiscal. “Habría que estudiar la propuesta concreta sobre el tema”, respondió el ministro.

De no llegarse a una solución, el país se quedaría sin la informació­n del censo, la cual guía las decisiones públicas y contribuye a las estrategia­s del sector privado.

Además, se incumplirí­a uno de sus compromiso­s con la Organizaci­ón para la Cooperació­n y el Desarrollo Económicos (OCDE) y tendría que ver qué hace con los recursos no utilizados.

 ?? CortesÍa ?? A finales del 2020, el Instituto Nacional de Estadístic­a y Censos realizó un plan piloto en El Guarco de Cartago.
CortesÍa A finales del 2020, el Instituto Nacional de Estadístic­a y Censos realizó un plan piloto en El Guarco de Cartago.

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