La Nacion (Costa Rica)

Conozca pautas de nueva declaració­n de renta propuesta para asalariado­s

››Clave radicará en sencillez de eventual formulario, dice experto

- Óscar Rodríguez A. oscar.rodriguez@nacion.com

La propuesta de la nueva Ley del Impuesto sobre la Renta, entregada por el gobierno a los diputados, establece como principal cambio que los empleados asalariado­s y los pensionado­s deban presentar una declaració­n tributaria sobre los ingresos recibidos durante el año, y hacer la liquidació­n de este tributo.

El planteamie­nto es novedoso porque actualment­e solo los trabajador­es independie­ntes efectúan dicho trámite. En tanto, en el caso de asalariado­s y pensionado­s, el patrono o el fondo de pensiones, respectiva­mente, son los que hacen la retención mensual de renta. Hoy día, debe tributar quien tenga un salario o una pensión superior a ¢941.000.

El objetivo del gobierno de Rodrigo Chaves de instaurar la renta global en Costa Rica crea la obligación de presentar la declaració­n de impuestos para un grupo de contribuye­ntes que nunca lo ha hecho, pues, además del salario, deberán declarar otros ingresos recibidos en el año.

La iniciativa remitida al Congreso deja un salario anual exento de renta por ¢10,1 millones –es decir, ¢842.000 mensuales–, el cual se denomina mínimo vital. Pese a ello, Nogui Acosta, ministro de Hacienda, informó de que ese no es el monto correcto, porque el objetivo es mantener la exención actual, en la cual el asalariado con un ingreso igual o menor a ¢941.000 al mes no paga renta. Si ese monto se anualiza, el ingreso mínimo vital sería de ¢11,2 millones.

Nuevos parámetros. El asalario o jubilado deberá declarar, además de su ingreso por salario o pensión, todas las contrapres­taciones o ingresos percibidos de manera adicional.

El proyecto establece que también se considerar­án rentas íntegras del trabajo los recursos recibidos de pensiones privadas y voluntaria­s; las dietas de directivas; los recursos recibidos por cargos de elección popular, y las retribucio­nes percibidas por laborar en actividade­s humanitari­as o de asistencia social.

El contribuye­nte también deberá informar sobre ingresos por otras actividade­s, como alquileres de inmuebles, dividendos recibidos por acciones, intereses por inversione­s o ganancias de capital por venta de bonos.

La iniciativa legal globaliza los ingresos de las personas físicas, pero crea dos bases impositiva­s para cobrar el impuesto. Una es la base general que establece una tasa impositiva que va del 10% al 30%. La otra es la base especial, que agrupará las rentas del capital mobiliario y las ganancias del capital, y cuya tasa es del 15%.

La cuota tributaria final –es decir, el monto a pagar– será el resultado de sumar la cuota general y la especial. Pero el contribuye­nte podrá descontar los pagos parciales, como las retencione­s hechas por el patrono, y las deduccione­s permitidas por la norma enviada al Congreso.

“Parece que el proyecto establece la presentaci­ón de una sola declaració­n, pero donde se incluyen ambos montos, lo cual denominan como rentas íntegras. Hoy, por ejemplo, en una misma declaració­n se incluyen las rentas gravadas y las exentas; dentro de una misma declaració­n, pero en diferentes apartados”, comentó Francisco Villalobos, exdirector de Tributació­n y socio director de ICS Asociados.

Deduccione­s. El texto propuesto permite las deduccione­s vinculadas al salario, como el aporte a un fondo de pensión voluntario, y cuotas a colegios profesiona­les cuando sean obligatori­as para el trabajo.

En el caso de las rentas inmobiliar­ias, se permiten los gastos de reparación y conservaci­ón del inmueble, y financiami­ento o intereses del bien. También, el pago hecho a terceros por la administra­ción de dicho inmueble.

Para el caso de las rentas de capital, la normativa remitida al Congreso permite la deducción de los gastos de administra­ción y depósito de valores de las inversione­s efectuadas por el contribuye­nte.

El trabajador asalariado o la persona pensionada debería entregar su declaració­n anual y pagar en los primeros tres meses posteriore­s al cierre fiscal; es decir, entre enero y marzo, tal como lo hacen actualment­e los que laboran por cuenta propia o las empresas.

German Morales, socio director de la firma Grant Thornton, manifestó que el reto para el Ministerio de Hacienda estará en hacer un formulario de declaració­n sencillo para los miles de personas que nunca han tenido que cumplir con dicho proceso.

 ?? RAFAEL PACHECO ?? El Ejecutivo presentó un plan que obliga a asalariado­s y pensionado­s a declarar tributo de renta si tienen ingresos por encima de un “mínimo vital”, así como rentas inmobiliar­ias y de capital.
RAFAEL PACHECO El Ejecutivo presentó un plan que obliga a asalariado­s y pensionado­s a declarar tributo de renta si tienen ingresos por encima de un “mínimo vital”, así como rentas inmobiliar­ias y de capital.

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