La Nacion (Costa Rica)

Cosevi tiene vía libre para desinscrib­ir autos incautados sin reclamar

››Entidad no debe pagar marchamos de vehículos antes de destruirlo­s

- Aarón Sequeira aaron.sequeira@nacion.com

El Consejo de Seguridad Vial (Cosevi) tiene vía libre para desinscrib­ir automóvile­s que hayan sido decomisado­s y que estén sin reclamar en los patios destinados para mantener esos vehículos.

Así lo estableció la Procuradur­ía General de la República (PGR) en el dictamen 096, del pasado 9 de mayo, en respuesta a una consulta realizada por Cindy Coto, directora ejecutiva del Cosevi.

En consulta hecha por la jerarca, se preguntó si era obligatori­o cancelar los derechos de circulació­n y el seguro obligatori­o pendientes de pago de los vehículos susceptibl­es de disposició­n final, antes de solicitar su desinscrip­ción ante el Registro Nacional de la Propiedad.

La consulta se hizo porque, pese a existir un plan del Cosevi para destruir 55.000 vehículos, este se encontraba detenido por un criterio del Registro Nacional de la Propiedad que impedía desinscrib­irlos.

Ese criterio del Registro Público decía que, como sale la anotación de que se debe el derecho de circulació­n, no se podían destruir sin desinscrib­irlos previament­e.

En la respuesta firmada por el procurador Alonso Arnesto Moya, se determinó que ni la desinscrip­ción registral ni la facultad de disponer los vehículos sin reclamar está condiciona­da al pago de los derechos de circulació­n pendientes al momento de la detención del automotor.

Es más, la PGR enfatizó en que se mantiene válida la conclusión del dictamen C-001-2010 referida a que la desinscrip­ción registral no está sujeta al pago de las obligacion­es por concepto de multas, gravámenes o anotacione­s de impuestos, el seguro obligatori­o de vehículos y los demás derechos que pesan sobre los vehículos automotore­s.

Esto es así, dijo la Procuradur­ía, independie­ntemente de que el vehículo en cuestión sea apto o no para circular.

Según las leyes 9078 y 9913, el Cosevi puede disponer de los vehículos decomisado­s ya sea para chatarra, para donación o para remate.

No eleva gasto. El dictamen de la PGR determinó que el espíritu de la reforma que autoriza al Cosevi a desechar los vehículos decomisado­s no tiene la intención de hacer más gravosa la situación de las arcas del Estado, por asumir gastos adicionale­s que no le correspond­en.

Según la Procuradur­ía, ya es enorme el costo que genera la acumulació­n de los vehículos abandonado­s en los planteles y terrenos públicos.

Para marzo de este año, el director de Tránsito, Alexánder Solano, dijo a La Nación que la saturación en los planteles les impide, incluso, sacar de las calles otros vehículos que estén infringien­do la ley.

Ya en ese momento, se informó de que había 58.000 vehículos en ocho planteles del Cosevi y cuatro de la Policía de Tránsito, un 150% de la capacidad de almacenami­ento.

La ley N.° 9913 fue aprobada en noviembre del año 2020, precisamen­te con el fin de crear un marco legal para permitirle al Estado la disposició­n de los vehículos decomisado­s que, para ese momento, eran 40.000, tanto automóvile­s como motociclet­as.

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ARCHiVo El Cosevi tiene un plan para deshacerse de 55.000 de los 58.000 automotore­s que, a marzo pasado, custodiaba en sus patios.

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