Detenidos en prisión preventiva deben ir a la cárcel en 72 horas
› Alto tribunal declaró sin lugar ‘habeas corpus’ de mujeres arrestadas
Las personas detenidas con una orden de prisión preventiva deben ser trasladadas desde celdas judiciales a la cárcel en menos de 72 horas, reiteró la Sala Constitucional en una sentencia de habeas corpus del 19 de diciembre.
El recurso fue presentado por dos mujeres arrestadas por presunto robo agravado, que reclamaron haber estado tres días en las celdas de paso de la Fuerza Pública de Ciudad Neily, Puntarenas. Ellas estuvieron allí mientras se definía su situación jurídica, porque las celdas del Organismo de Investigación Judicial (OIJ) estaban llenas.
Sin embargo, los magistrados no les dieron la razón, pues el traslado a la cárcel de mujeres Vilma Curling, una vez que se les ordenó prisión preventiva, se realizó en menos de 72 horas.
Ellas fueron detenidas el 6 de noviembre y un día después la Sección de Flagrancia del Tribunal Penal de Corredores les impuso 15 días de prisión preventiva. Acto seguido se declaró incompetente para conocer la causa, por solicitud de la defensora pública por pericias que debían ser realizadas a ambas imputadas. El caso lo continuó el Tribunal Penal de Golfito.
Magaly Quiroz García, la defensora de las mujeres, afirmó que el 7 de noviembre, a las 5:30 p. m., se resolvió la situación jurídica de sus defendidas, pero no fueron trasladadas a la cárcel Vilma Curling. Un día después, la abogada visitó las celdas de la Fuerza Pública y aseguró que estaban en “condiciones inhumanas”.
Añadió que a sus defendidas les violentaron el derecho a la dignidad humana, aunado a que se encontraban en condición de vulnerabilidad por género, pobreza, así como discriminación en el caso de una de ellas, por ser una mujer transgénero.
En su descargo ante la Sala, el jefe de la Fuerza Pública de Corredores, José Ríos Morales, aseguró que las celdas se limpian diariamente, y el hecho de que estuvieran sucias cuando las visitó la abogada Quiroz se debió a “situaciones meramente circunstanciales”.
Esta versión fue ratificada por los magistrados, quienes también incluyeron entre los hechos probados que el 8 de noviembre en la mañana, el jefe del OIJ de Corredores coordinó para trasladar a las recurrentes a la cárcel Vilma Curling, pero recibió un correo de la Fiscalía solicitando que no fueran trasladadas, pues les hacía falta una indagatoria.
Finalmente, fueron reubicadas el 9 de noviembre a las 6:37 a. m., y fueron recibidas en la cárcel a las 2:40 p. m. de ese día. La Sala constató que las recurrentes permanecieron en celdas de paso, con su situación jurídica definida, durante 44 horas y 40 minutos, por lo que no se violentó el plazo de 72 horas.