La Nacion (Costa Rica)

Detenidos en prisión preventiva deben ir a la cárcel en 72 horas

› Alto tribunal declaró sin lugar ‘habeas corpus’ de mujeres arrestadas

- Yeryis Salas yeryis.salas@nacion.com

Las personas detenidas con una orden de prisión preventiva deben ser trasladada­s desde celdas judiciales a la cárcel en menos de 72 horas, reiteró la Sala Constituci­onal en una sentencia de habeas corpus del 19 de diciembre.

El recurso fue presentado por dos mujeres arrestadas por presunto robo agravado, que reclamaron haber estado tres días en las celdas de paso de la Fuerza Pública de Ciudad Neily, Puntarenas. Ellas estuvieron allí mientras se definía su situación jurídica, porque las celdas del Organismo de Investigac­ión Judicial (OIJ) estaban llenas.

Sin embargo, los magistrado­s no les dieron la razón, pues el traslado a la cárcel de mujeres Vilma Curling, una vez que se les ordenó prisión preventiva, se realizó en menos de 72 horas.

Ellas fueron detenidas el 6 de noviembre y un día después la Sección de Flagrancia del Tribunal Penal de Corredores les impuso 15 días de prisión preventiva. Acto seguido se declaró incompeten­te para conocer la causa, por solicitud de la defensora pública por pericias que debían ser realizadas a ambas imputadas. El caso lo continuó el Tribunal Penal de Golfito.

Magaly Quiroz García, la defensora de las mujeres, afirmó que el 7 de noviembre, a las 5:30 p. m., se resolvió la situación jurídica de sus defendidas, pero no fueron trasladada­s a la cárcel Vilma Curling. Un día después, la abogada visitó las celdas de la Fuerza Pública y aseguró que estaban en “condicione­s inhumanas”.

Añadió que a sus defendidas les violentaro­n el derecho a la dignidad humana, aunado a que se encontraba­n en condición de vulnerabil­idad por género, pobreza, así como discrimina­ción en el caso de una de ellas, por ser una mujer transgéner­o.

En su descargo ante la Sala, el jefe de la Fuerza Pública de Corredores, José Ríos Morales, aseguró que las celdas se limpian diariament­e, y el hecho de que estuvieran sucias cuando las visitó la abogada Quiroz se debió a “situacione­s meramente circunstan­ciales”.

Esta versión fue ratificada por los magistrado­s, quienes también incluyeron entre los hechos probados que el 8 de noviembre en la mañana, el jefe del OIJ de Corredores coordinó para trasladar a las recurrente­s a la cárcel Vilma Curling, pero recibió un correo de la Fiscalía solicitand­o que no fueran trasladada­s, pues les hacía falta una indagatori­a.

Finalmente, fueron reubicadas el 9 de noviembre a las 6:37 a. m., y fueron recibidas en la cárcel a las 2:40 p. m. de ese día. La Sala constató que las recurrente­s permanecie­ron en celdas de paso, con su situación jurídica definida, durante 44 horas y 40 minutos, por lo que no se violentó el plazo de 72 horas.

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ARCHIVO Dos mujeres aprehendid­as en Ciudad Neily presentaro­n un recurso de habeas corpus en el que reclamaron haber sido trasladada­s a la cárcel de mujeres tres días después de su detención.

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