La Nacion (Costa Rica)

Diputados presentan dos planes para endurecer penas por armas ilegales

nuevas regulacion­es sobre armamento serían tramitadas mediante vía rápida en el Congreso

- Roger Bolaños V. roger.bolanos@nacion.com

Dos proyectos presentado­s por los diputados Gloria Navas, del Partido Nueva República (PNR), y Gilberth Jiménez, del Partido Liberación Nacional (PLN), buscan endurecer las penas de prisión por posesión y uso de armas ilegales, así como restringir que personas condenadas con penas privativas de libertad accedan a ellas.

Se trata de los planes N.° 24.070 y N.° 24.095, a los cuales el presidente de la Asamblea Legislativ­a, Rodrigo Arias, propone dar vía rápida, luego de que se discutan en la comisión de trabajo integrada por representa­ntes de los poderes Legislativ­o, Ejecutivo y Judicial.

En la actualidad, la legislació­n distingue entre dos tipos de posesión ilícita de armas: el primer caso es sobre aquellas que sí son permitidas, por ejemplo, que una persona tenga un revólver sin los permisos correspond­ientes.

El segundo es la posesión, uso, fabricació­n, comerciali­zación y acopio de armas que están prohibidas en Costa Rica, como lo son los fusiles de asalto y aquel armamento que dispara en ráfaga.

Las iniciativa­s de Navas y Jiménez abordan, principalm­ente, este segundo escenario.

Incremento de penas. Las iniciativa­s proponen aumentar las penas de prisión para las personas que cometan una serie de delitos estipulado­s en la Ley de Armas y Explosivos. Entre las condenas que subirían se encuentran las siguientes:

1. Actualment­e, se castiga con 3 a 6 años de prisión a quien acopie más de tres armas prohibidas. La iniciativa dispone que esta pena sea de 5 a 10 años de prisión. Además, se considerar­ía acopio a la posesión de más de dos armas prohibidas.

2. Aumentaría el castigo por introducci­ón y tráfico de armas y materiales prohibidos, que hoy día es de 3 a 8 años de prisión. Pasaría de 6 a 12 años.

3. Incrementa­ría la sanción por introducir armas al país clandestin­amente, sin importar si estas son o no permitidas. La condena, es actualment­e de 3 a 6 años de prisión; se establecer­ía de 7 a 14 años.

4. La pena por comercio de armas, explosivos y pólvora, que actualment­e es 3 a 7 años de prisión, se fijaría en 6 a 12 años de cárcel. También subiría la condena para propietari­os o gerentes de negocios cuyos empleados incurran en este delito, siempre que se compruebe que tuvieron conocimien­to de los ilícitos y no los detuvieron.

5. Aumentaría la condena para quienes fabriquen, exporten o importen armas, municiones o pólvora sin permisos. La pena actual es de 2 a 6 años de prisión, y pasaría a ser de 5 a 10 años. Al igual que en el caso anterior, crecería el castigo para propietari­os o gerentes cuyos empleados incurran en el delito.

Para todos estos delitos el proyecto dispone que la pena se amplíe en un medio si son cometidos por el crimen organizado.

Las propuestas de los congresist­as también pretenden restringir el acceso a armas para personas condenadas con penas privativas de libertad. La ley actual solamente dispone esta prohibició­n para quienes estén cumpliendo la pena.

Asimismo, los textos buscan que se agraven las penas para quien posea un arma permitida que esté inscrita a nombre de otra persona y haya sido reportada como extraviada o robada.

En esa misma línea, dispone que se cancele automática­mente el permiso de portación a los propietari­os de un arma que sea decomisada a un tercero, sin que esta haya sido reportada como robada o extraviada. Si el arma se le decomisa a un menor de edad sin que haya sido reportada, se cancelará la inscripció­n del arma, el permiso de portación y se impondrá una multa. Si se llegara a determinar que el artefacto fue facilitado por el propietari­o al menor, se sumará una pena de cuatro años de prisión.

Ajustes. Además de las modificaci­ones a la ley de armas, los proyectos de ley proponen cambios al Código Penal.

El primero consiste en elevar hasta en un 50% la pena de un homicidio calificado cuando este sea cometido con un arma de fuego prohibida.

Asimismo, las iniciativa­s buscan que se imponga una sanción de 3 a 6 años de prisión por agresión con arma, dado que actualment­e es de 2 a 6 meses. Si la acción se realiza con arma no permitida, el castigo aumenta en un 50%.

También aumentaría la pena de prisión por agresión calificada, que, actualment­e, es de 6 a 12 meses, y pasaría a ser de 2 a 4 años. Al igual que en el caso anterior, si la agresión se da con un arma prohibida, la sanción se incrementa en un 50%.

Finalmente, aumenta en un 50% la condena para los robos agravados que sean cometidos con armas de fuego.

La parte final del proyecto N.° 24.095 ordena que se agregue un nuevo artículo al Código Penal. Actualment­e, el artículo 111 establece la pena de 12 a 18 años de cárcel por homicidio simple.

No obstante, al añadirse el nuevo artículo 111 bis, se determina una sanción de 15 a 20 años para los homicidios simples en los que se utilicen armas de fuego. Además, si se trata de un arma prohibida, la pena se eleva hasta un 50%.

También se crearía un artículo 89 bis en la Ley de Armas y Explosivos, que impondría una pena de 6 a 10 años de prisión por la fabricació­n y tenencia ilegal de piezas, mecanismos o elementos constituti­vos de armas prohibidas.

Por último, el mismo castigo se decretaría a quien posea componente­s mecánicos que conviertan un arma permitida en una prohibida.

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LILLIAM ArCE Actualment­e, se castiga con 3 a 6 años de prisión a quien disponga de más de tres armas prohibidas. Una iniciativa propone que esta pena sea de 5 a 10 años de prisión. Además, se considerar­ía acopio a la tendencia de más de dos armamentos restringid­os.
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Gn Los diputados Gloria Navas y Gilberth Jiménez plantearon las iniciativa­s de ley que buscan imponer castigos más severos.

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