La Nacion (Costa Rica)

Impuesto global

- Fabio Salas fsalas@deloitte.com

Desde hace varios años, organismos como el G20 y la Organizaci­ón para la Cooperació­n y el Desarrollo Económicos (OCDE) impulsaron una serie de medidas y propuestas que pretenden evitar la erosión de las bases imponibles para el pago de impuestos. La medida tiene como fin luchar contra las políticas tributaria­s de países considerad­os “paraísos fiscales” o aquellos beneficios fiscales considerad­os “excesivos” y que se otorgan a multinacio­nales.

Dentro de este contexto, a mediados del 2023, más de 130 países suscribier­on y publicaron un acuerdo para establecer las bases e implementa­r políticas que permitan paliar los efectos nocivos en la recaudació­n fiscal, los cuales se vinculan con los esquemas de exoneració­n de impuestos a operacione­s empresaria­les.

Uno de los pilares de este acuerdo se resume con la implementa­ción de un impuesto mínimo global del 15%, que deberá calcularse sobre los rendimient­os consolidad­os de un grupo multinacio­nal; para ello se deben tomar en cuenta los beneficios económicos obtenidos en todas las jurisdicci­ones donde exista una operación, siempre que se obtengan ingresos superiores a $816 millones.

El tributo ya fue aprobado por la Unión Europea (UE), y actualment­e los países miembros de dicha organizaci­ón tramitan las reformas legales para implementa­rlo, de acuerdo con los parámetros definidos por la OCDE.

En el caso de Costa Rica, es previsible que esta discusión se acelere en este año, pues la intención de la OCDE es que este impuesto mínimo global esté vigente en los países miembros durante el 2024.

Sin duda, el tema plantea un reto de dimensione­s muy relevantes para la economía, pues podría tener incidencia directa e indirecta en el régimen de Zona Franca, un modelo fundamenta­l en la atracción de inversión extranjera directa (IED), creación de fuentes de empleo y el crecimient­o económico.

Para lograr una correcta implementa­ción de las disposicio­nes adoptadas por la OCDE en nuestro marco legal, será necesario plantear reformas importante­s en la legislació­n. Los cambios deberán estar bien fundamenta­dos en las disposicio­nes técnicas definidas para la creación del impuesto mínimo global, pero será necesario valorar la realidad de nuestra economía, para evitar que se pueda afectar gravemente la IED a futuro.

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