La Nacion (Costa Rica)

Proyecto permitiría poner primero apellido de madre a recién nacidos

› iniciativa cuenta con un dictamen afirmativo unánime en la Asamblea

- Lucía Astorga lucia.astorga@nacion.com

Si bien un fallo de la Sala IV posibilitó invertir el orden de los apellidos para colocar primero el de la madre y luego el del padre, esta sentencia únicamente aplica para personas mayores de edad. No obstante, un proyecto de ley, que avanza en la Asamblea Legislativ­a, permitiría extender la misma posibilida­d a los recién nacidos.

La iniciativa se tramita bajo el nombre de Ley de Igualdad en la Inscripció­n de los Apellidos y cuenta con un dictamen afirmativo unánime de la Comisión de Derechos Humanos del Congreso, por lo que hace fila para continuar su trámite en el plenario.

El texto mantiene que, de oficio, el nombre de las personas lleven de manera inicial el primer apellido del padre, seguido por el primer apellido de la madre, en ese orden.

Sin embargo, habilita la posibilida­d para que los padres, de común acuerdo, puedan asignar de primero el apellido de la madre tanto a la hora de inscribir a un recién nacido, como al momento de registrar los apellidos de una persona adoptada.

En caso de que no exista un acuerdo al respecto, se procedería a mantener la inscripció­n de oficio, con el apellido del padre de primero, según explicó el diputado proponente, Antonio Ortega, del Frente Amplio (FA).

De existir un acuerdo para variar el orden, los progenitor­es pueden comunicar la decisión al Registro Civil, dentro del mes siguiente a la inscripció­n, en el caso de recién nacidos. Para las personas adoptadas, se fija un plazo máximo de cinco días hábiles.

La decisión de modificar el orden de los apellidos, no solo aplicaría para el primer hijo; también determinar­ía la precedenci­a para los siguientes, sean consanguín­eos o adoptados, de los mismos padres, para resguardar la seguridad jurídica y registral.

A su vez, el transitori­o segundo del proyecto de ley contempla la posibilida­d de que padres de hijos ya registrado­s puedan, de común acuerdo y en el plazo de un año a partir de la entrada en vigencia de la ley, solicitar al Registro Civil variar el orden establecid­o de todos los hijos e hijas menores de edad, de idéntica filiación.

Ponerse de acuerdo. Igualmente, el texto aprobado por el foro legislativ­o incluyó la posibilida­d de que las personas mayores de edad pudieran modificar la precedenci­a de sus apellidos, aun antes de que la Sala IV declarara inconstitu­cional la frase “en ese orden” incluida en el artículo 49 del Código Civil, que establece la obligación de colocar primero el apellido del padre y luego el de la madre.

Para realizar esta gestión, establece el plazo de un año, a partir de la entrada en vigencia de la ley, “siempre que sea hija o hijo único del mismo núcleo familiar o que todos los hijos e hijas del mismo núcleo familiar estén de acuerdo”, menciona el transitori­o tercero del texto.

Tanto el transitori­o 2 como el 3 no se encontraba­n en la propuesta original, pero fueron incluidos a partir de las observacio­nes que planteó el Registro Civil a la iniciativa de ley, acotó Ortega. Mayor peso.

El legislador frenteampl­ista valoró positivame­nte el fallo de la Sala IV y el que en su razonamien­to, los magistrado­s calificara­n como “una regla anacrónica con raíz patriarcal”, la redacción contenida en el artículo 49 del Código Civil.

“La Sala Constituci­onal está aceptando que es una norma anacrónica y que perfila un tipo de sociedad patriarcal, discrimina­ndo a priori a las madres y al mismo tiempo, muestra el camino, con respecto al tema de las personas mayores de edad.

“Esto es un avance, que yo creería le dará más peso a la iniciativa, cuando sea discutida en el plenario”, señaló.

Ortega espera que el respaldo unánime alcanzado por la iniciativa durante su trámite en comisión, se refleje de igual manera en el proceso de discusión con los 57 diputados que integran el Congreso y que no ocurra lo mismo que con otros expediente­s similares, que no lograron concretar el apoyo final.

Por ejemplo, el expediente 20.304 impulsado por la entonces diputada frenteampl­ista Patricia Mora (2014-2018), versaba sobre la misma materia y contó con un dictamen afirmativo de mayoría de la Comisión Permanente Especial de la Mujer. Sin embargo, fue archivado por vencimient­o del plazo cuatrienal.

Ortega reconoció como “fundamenta­l” la iniciativa presentada por Mora, ya que sirvió como una curva de aprendizaj­e, para corregir preocupaci­ones o vacíos que existían sobre la materia, y que a su criterio, fueron atendidos en esta nueva propuesta de ley.

De igual forma, destacó que existe voluntad política de parte de las distintas fracciones que componen la Asamblea Legislativ­a, para trabajar en el tema y lograr una norma que permita reflejar los cambios actuales en la sociedad.

Desde el 1.° de noviembre del 2023 y hasta el próximo 31 de enero, la Asamblea Legislativ­a se mantiene en periodo de sesiones extraordin­arias, durante el cual el Poder Ejecutivo tiene control sobre la agenda.

En estos tres meses, el proyecto de ley no fue convocado para su discusión, ante la priorizaci­ón de iniciativa­s en materia de seguridad, pero a partir de febrero, continuará su trámite normal en el plenario, con el resto de expediente­s que hacen fila para su discusión final.

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ARCHIVO LN El acuerdo sobre el orden de los apellidos no solo aplicaría para el primer hijo; también determinar­ía la precedenci­a para los siguientes, sean consanguín­eos o adoptados.

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