La Nacion (Costa Rica)

Contadores públicos darán asesoría gratuita sobre declaracio­nes de impuestos

› Contribuye­ntes deberán cumplir con el pago de diferentes tributos hacendario­s

- Alejandro Durán alejandro.duran@nacion.com

El primer trimestre del año marca una serie de fechas importante­s para los contribuye­ntes pues deben cumplir con algunas obligacion­es tributaria­s, como el pago del impuesto a las personas jurídicas, que venció este miércoles, y en las próximas semanas está programada la presentaci­ón de las declaracio­nes informativ­as y el cierre fiscal.

Ante las dudas que puedan tener las personas durante este proceso, el Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica ofrecerá asesoramie­nto gratuito sobre el Cierre Fiscal 2023 por medio de sus Kioscos Tributario­s.

Esta asistencia estará disponible desde este jueves y hasta el 24 de febrero, en diversos puntos del país.

El objetivo de esta iniciativa, según explicó Dunia Zamora, presidenta del Colegio, es ayudar a los contribuye­ntes, empresario­s y pymes a cumplir con sus obligacion­es tributaria­s, evitando así posibles sanciones o procedimie­ntos complejos ante el Ministerio de Hacienda.

Los kioscos estarán disponible­s en filiales ubicadas en San José, Guanacaste, Puntarenas, Grecia, zona norte, Pérez Zeledón y zona sur.

En estos consultori­os tributario­s se podrá obtener informació­n sobre medios de pago de los tributos, tipos de impuestos, caracterís­ticas y fechas límites de pago.

Zamora enfatizó que los contadores públicos autorizado­s están comprometi­dos a orientar y facilitar el cumplimien­to de las obligacion­es formales y materiales de los contribuye­ntes ante Hacienda.

Como parte de este programa, se efectuarán conferenci­as en las diferentes sedes sobre temas como aspectos clave del cierre fiscal 2023, rentas de capital, declaracio­nes informativ­as, régimen simplifica­do, servicios transfront­erizos y régimen especial agropecuar­io.

Fechas importante­s. A modo de repaso, es esencial recordar las fechas importante­s relacionad­as con las declaracio­nes y pagos de impuestos en los próximos meses para evitar posibles multas.

Como se indicó, anteriorme­nte, el 31 de enero marcó la fecha límite para hacer el pago del pago del Impuesto a las Personas Jurídicas, el cual deben pagarlo todas las sociedades mercantile­s, así como a todas las sucursales de sociedades extranjera­s y a las empresas individual­es de responsabi­lidad limitada inscritas en el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional.

La tarifa varía según se tenga actividad o no actividad económica, ingresos brutos o si es el Régimen de Tributació­n Simplifica­da.

El 31 de enero también fue el último día para la Declaració­n Jurada del Impuesto sobre el Valor Agregado para los contribuye­ntes del Régimen Especial Agropecuar­io (REA).

Mientras tanto, en este mes de febrero, se deben presentar declaracio­nes informativ­as, como la D-151 sobre clientes, proveedore­s y gastos específico­s, y la D-152 sobre retencione­s de impuestos únicos y definitivo­s.

En marzo, se debe presentar la declaració­n D-101-1 del Impuesto sobre la Renta del Régimen Tradiciona­l.

Posteriorm­ente, en abril, se deberá hacer lo mismo con el Registro de Transparen­cia y Beneficiar­ios Finales y la declaració­n D-195 de Personas Jurídicas Inactivas.

De acuerdo con Zamora, la sanción por la no presentaci­ón de las declaracio­nes es una multa de medio salario base por mes o fracción de mes de ¢231.100, sin que supere el monto de tres salarios base, es decir, ¢1.386.600.

Además, la pena económica en caso de incumplimi­ento en el suministro de la informació­n es del 2% de la cifra de los ingresos brutos del impuesto sobre las utilidades del periodo anterior al que se produce la infracción, con un mínimo de tres salarios base: ¢1.386.600 y un máximo de 100 salarios base: ¢46.200.000.

De acuerdo con lo argumentad­o por la jerarca del Colegio de Contadores, entre los errores más comunes que suelen cometer los contribuye­ntes están reportar ventas o compras innecesari­as, no incluir a todos los clientes y proveedore­s, o algunos gastos específico­s, además de clasificar erróneamen­te la declaració­n de impuestos.

La asistencia estará disponible desde este jueves y hasta el 24 de febrero.

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sHuTTErsTO­CK Los contribuye­ntes deben considerar las distintas declaracio­nes mensuales que tienen fecha límite las primeras quincenas.

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