TSE revisará manualmente el 100% de votación electrónica
› Proceso de escrutinio se inició este martes y podría tardar 20 días
El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) comenzó este martes el escrutinio definitivo de los votos de las elecciones municipales del pasado 4 de febrero. El proceso incluirá el conteo manual del 100% de los sufragios emitidos mediante el voto electrónico que se implementó, como plan piloto, en el 10% de las mesas electorales del país.
La presidenta del TSE, Eugenia Zamora, explicó que, debido a la novedad del procedimiento, se hará el recuento de las 499 juntas electorales que utilizaron papeleta única electrónica (PUE).
Para el asesor político del TSE Gustavo Román, el proceso también pretende brindar “mayor tranquilidad” a los costarricenses sobre los resultados electorales.
La validación del material se realiza en el segundo piso del edificio del TSE, en San José. En un salón amplio, se habilitaron cinco mesas, cada una liderada por un magistrado y en las que están 17 funcionarios electorales.
Debido a que la verificación de los votos es la excepción y no la norma, en la mayoría de los casos, el trabajo consistirá en revisar el padrón registro, la bitácora de incidencias de la jornada y contrastar el acta de cierre de las mesas con los resultados reportados.
El proceso de escrutinio podría tomar entre 15 y 20 días, según del TSE. Acompañan el proceso los fiscales acreditados por los partidos políticos, quienes no pueden manipular el material electoral, pero sí cuentan con la potestad de impugnar los resultados, según explicó Gustavo Román.
“Puede haber casos en los que un voto haya sido anulado por la mesa y el fiscal plantee que deba ser revalidado o viceversa. Por eso, no estamos solo frente a un conteo; estamos frente a una calificación del material electoral”, precisó.
Persona no votó. Román señaló que, durante la jornada del domingo, solamente se registró una persona que se negó a votar utilizando el dispositivo electrónico y que exigió sufragar por medio de las papeletas tradicionales. Sin embargo, aclaró que “no es una decisión del ciudadano” escoger el mecanismo que va a utilizar.
“El dispositivo está constitucional y legalmente establecido; es el TSE el que lo define. En el pasado, podía haber una persona que no quisiera votar marcando con una ‘x’, sino que quería entintarse el dedo y poner su huella dactilar, como se hacía antes de 1998”, dijo.
Si bien Román lamentó que se haya presentado esta situación, destacó como algo positivo que fuera un solo caso.
El recuento de los votos asignados a cada agrupación también podría realizarse si se cumple alguno de los otros cuatro supuestos. Uno de estos casos es que se estime necesario efectuar el procedimiento manual para resolver apelaciones o demandas de nulidad sobre los resultados.
Igualmente, se hace el recuento si se descubren inconsistencias en los datos. Por ejemplo, que los votos no igualen la cantidad de electores de la mesa correspondiente. También, serán sometidas a recuento las juntas en las que, al momento del escrutinio preliminar, no hayan estado presentes tres representantes partidarios, el auxiliar electoral designado por el TSE o dos miembros de al menos dos fuerzas políticas.
Finalmente, se procederá con el conteo manual en los casos en los que se haya extraviado el padrón electoral, en los que no se haya usado o que consten observaciones en este.
Respecto a las impugnaciones que puedan presentar los partidos, sobre todo en cantones con una cerrada diferencia, Román dijo aún no se ha llegado a esos casos, ya que se inició con el cantón central de San José. La revisión se hará siguiendo el orden de las provincias y sus cantones. Hasta que se revise el material de la junta receptora sobre la cual se tiene dudas, se podrá definir si se procede con el conteo manual, a la luz de los supuestos.
De igual manera, la normativa electoral contempla un plazo de tres días, a partir de la apertura de los sacos, para la presentación de demandas de nulidad de los resultados.