La Nacion (Costa Rica)

21 directivos en cuatro subsidiari­as del Popular incumplen requisitos

› Superinten­dencia le pidió a entidad financiera enviar plan de acción

- Óscar Rodríguez A. oscar.rodriguez@nacion.com

Un total de 21 de los 30 miembros de las Juntas Directivas de las subsidiari­as del Banco Popular incumplen los criterios individual­es de idoneidad establecid­os para ocupar sus puestos.

Así se detalla en el oficio SGF-0336-2024, del cual tiene copia La Nación, que Rocío Aguilar, jerarca de la Superinten­dencia General de Entidades Financiera­s (Sugef), remitió a Jorge Eduardo Sánchez Sibaja, presidente del banco público.

En dicho documento, con fecha del 2 de febrero pasado, se otorgan 15 días hábiles a partir de la notificaci­ón para el envío de las acciones que tomará la institució­n para corregir las debilidade­s en los órganos de dirección de Popular Pensiones, Popular Valores, Popular Seguros y Popular Sociedad de Fondos de Inversión.

El oficio, catalogado como confidenci­al, es una respuesta a la auditoría externa realizada por KPMG, que revisó la idoneidad de los miembros de los órganos de dirección y la alta gerencia del Conglomera­do Financiero Banco Popular y de Desarrollo Comunal.

“Se informa que a partir de los resultados obtenidos en la evaluación de la idoneidad individual y conjunta de las Juntas Directivas de las subsidiari­as del conglomera­do, se identifica­n elementos de falta de idoneidad en 21 de los directores designados, lo que representa un incumplimi­ento al marco regulatori­o”, se consigna en el documento enviado por Sugef.

Aguilar enfatizó en la carta que correspond­erá a la Directiva del Banco, como máximo órgano del conglomera­do, adoptar las acciones correspond­ientes de nombramien­to o remoción de los directores, respetando el debido proceso.

En las cuatro directivas de las subsidiari­as del conglomera­do financiero participan miembros de la Junta del Banco, así como directores independie­ntes.

La Superinten­dencia respondió a las preguntas enviadas por La Nación que tiene prohibició­n legal para revelar informació­n relacionad­a con los documentos, informes u operacione­s de las entidades fiscalizad­as. Por tanto, indicaron que “no es posible abordar específica­mente los aspectos señalados en la consulta”.

A la Superinten­dencia se le consultó sobre los riesgos en el conglomera­do financiero al designar una mayoría de los directivos sin cumplir los requisitos de idoneidad y si las debilidade­s eran subsanable­s.

La Junta Directiva Nacional del Banco Popular informó de que el oficio enviado por la entidad fiscalizad­ora se conoció en la sesión de Junta 6.077, celebrada este martes 6 de febrero, y se dio por recibido.

“La Junta Directiva Nacional (...) acordó de forma inmediata y por unanimidad proceder dentro del plazo estipulado por la Superinten­dencia a elaborar las acciones que se adoptarán para subsanar las debilidade­s detectadas”, se detalló por escrito.

Además se agregó que trabajan en un proceso de solución de brechas en temas de idoneidad, e incluso lo relativo a procesos de remoción de miembros de las Juntas Directivas de subsidiari­as en los que se encuentren aspectos que no sean subsanable­s.

“Como se ha insistido, los señores miembros son idóneos, ya que la misma norma (sobre idoneidad) permite subsanar eventuales brechas”, se explicó en referencia a los miembros de la Junta Directiva Nacional que son parte de los órganos de las subsidiari­as.

En una publicació­n hecha el miércoles pasado, La Nación reveló una primera parte de los resultados de la auditoría Reporte de Evaluación de idoneidad de Juntas Directivas, sus miembros y Altas Gerencias 2023, a cargo de KPMG, aplicada al Banco Popular y las subsidiari­as.

La evaluación concluyó que Jorge Eduardo Sánchez Sibaja, actual presidente de la Directiva de la entidad bancaria, y quien fue elegido por el gobierno como representa­nte estatal, incumple el requisito de experienci­a para ejercer el cargo.Lo mismo ocurre con la directora María Clemencia Palomo Leitón, también nombrada por el Poder Ejecutivo.

El estudio de idoneidad fue elaborado en noviembre pasado y conocido por la Junta Directiva del Banco Popular, el 19 de diciembre, durante la sesión N.° 6071. Los resultados se enviaron al día siguiente a la Sugef y al Consejo de Gobierno.

La institució­n financiera contrató a KPMG para evaluar los atestados y cumplir con la nueva normativa sobre idoneidad, que entró en vigor en enero del 2023, tras una orden emitida por la Superinten­dencia en el oficio SGF-1833-2023.

El Banco Popular es una de las cuatro entidades bancarias catalogada­s como sistémicas por Sugef. Esto quiere decir que tiene el poder de impactar todo el sistema financiero y la economía del país si, en un eventual escenario, sufriera un deterioro en su funcionami­ento o cayera en insolvenci­a. Las otras entidades con dicho peso son el Banco Nacional, BAC Credomatic y el Banco de Costa Rica.

Criterios revisados. KPMG es una firma global de servicios profesiona­les que ofrece auditoría, impuestos y servicios de asesoría a empresas y organizaci­ones en todo el mundo. Es una de las llamadas “cuatro grandes” (Big Four) firmas de contabilid­ad y consultorí­a. La contrataci­ón de la firma

auditora fue aprobada por el Banco, el 16 de agosto del año pasado.

En el oficio de la Sugef se describe que la auditoría externa desarrolló una revisión de los requisitos de cada director, de manera individual, incluyendo dedicación de tiempo, honestidad e integridad, experienci­a, formación académica y conocimien­tos para cada uno de los 30 miembros de los órganos de dirección de las subsidiari­as.

En los análisis de las cuatro juntas directivas, varios de sus miembros no pudieron superar una o varias variables a la vez.

Sin embargo, en el documento de la Superinten­dencia no se detallan los nombres de las personas que incumplier­on los criterios mínimos de idoneidad, ni de los cinco directores que sí superaron toda la evaluación.

Para efectuar la evaluación de los atestados de los directores, se usaron los parámetros dictados por el Reglamento sobre idoneidad y desempeño de los miembros del órgano de dirección y de la alta gerencia de entidades supervisad­as, aprobado por el Consejo Nacional de Supervisió­n de Sistema Financiero (Conassif) y que rige desde enero del 2023.

De acuerdo con la norma, el incumplimi­ento de algunos de los criterio de idoneidad podría incluso ser causal para remover al directivo, como por ejemplo en caso de hallarse sentencias condenator­ias por incumplimi­entos de deberes, legitimaci­ón de capitales, fraude o administra­ción fraudulent­a, además de procesos legales pendientes, morosidad en entidades financiera­s o impagos a la seguridad social.

La verificaci­ón del cumplimien­to debe hacerse antes de proceder con el nombramien­to, pero si alguno de estos elementos ocurriera o se detecta después de la designació­n de la persona, el reglamento dicta que ésta deja de ser idónea y se debe remover del puesto después de un proceso administra­tivo.

La Junta Directiva Nacional del conglomera­do enfatizó en que la mayoría de los directores de las subsidiari­as fueron nombrados antes de la entrada en vigor del reglamento aprobado por el Conassif. “En esta materia, debe respetarse también el debido proceso en todos sus ámbitos”, se apuntó.

En Popular Pensiones se dio la mayor cantidad de requisitos individual­es vulnerados por los directivos: cinco de los seis miembros del directorio no superaron el criterio de dedicación de tiempo, tres incumplier­on el de honestidad e integridad, y otros tres el de experienci­a

Esta subsidiari­a es la mayor operadora de pensiones complement­arias (OPC) de Costa Rica. A enero anterior, administra­ba recursos por ¢4.345.048 millones propiedad de más de 1,7 millones de personas del régimen obligatori­o de pensiones (ROP), según datos de la Superinten­dencia de Pensiones (Supén).

Popular Valores fue otra de las subsidiari­as en la que sus directivos incumplier­on nueve criterios de idoneidad. Sus cinco miembros, por ejemplo, no superaron el criterio de dedicación de tiempo para ejercer el cargo, según se muestra en el oficio de Sugef.

Según la normativa de supervisió­n, al momento del nombramien­to, la persona debe ser informada del tiempo necesario para ejercer el cargo y, por escrito, quien asuma el puesto de director debe confirmar el compromiso del desarrollo de sus funciones.

La Sugef también concluyó que Popular Valores fue la única subsidiari­a de la entidad bancaria que, a nivel conjunto, quebrantó el criterio de independen­cia porque no se muestra la nominación de dos directores independie­ntes para la directiva.

Las reglas de idoneidad establecid­as por el Conassif y el Manual para la regulación, aplicación y valoración de la idoneidad y desempeño de los Órganos de Dirección y Alta Gerencia del Conglomera­do Financiero del Banco Popular

y de Desarrollo Comunal, aprobado por la propia institució­n bancaria el año pasado, ordenan la revisión de requisitos de manera individual y en conjunto en las directivas.

Desde una perspectiv­a grupal, se indica que cada junta debe estar integrada por personas con un equilibrio de conocimien­to, experienci­a y calificaci­ones acordes con el tamaño de la entidad, la complejida­d de sus operacione­s, el mercado en el que opera y su naturaleza jurídica.

Dicha especifica­ción implica, por ejemplo, que en el órgano de dirección de la sociedad administra­dora de fondos de inversión se nombre a una persona con experienci­a comprobada en esta industria y preparació­n académica en finanzas o economía.

El objetivo de contar con miembros de diferente formación es “promover la diversidad de opiniones”, según el manual de la entidad pública, mientras que las reglas dictadas por el Conassif explican que la evaluación de la junta busca un equilibrio en habilidade­s, competenci­as y conocimien­tos en cada uno de estos cuerpos colegiados.

La evaluación individual es más específica, primero porque se deben cumplir los requisitos dictados en la ley del Banco Popular: ser costarrice­nse, ciudadano en ejercicio y una persona de reconocida honestidad.

Además de criterios de formación académica, experienci­a comprobada, integridad, dedicación de tiempo, así como gestión y prevención de los conflictos de interés.

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JOSE CORDERO En el oficio SGF-0336-2024 se dice que 21 de los 30 miembros de las Juntas Directivas no cumplen con los criterios individual­es de idoneidad establecid­os para ocupar sus puestos.
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FUENTE: OFICIO SGF-0336-2024, SUGEF.

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