La Nacion (Costa Rica)

Sala IV ordena indagar posible daño en Parque Marino Las Baulas

› Habría obras en terrenos que están parcialmen­te dentro del área protegida

- Patricia Recio G. arecio@nacion.com

La Sala IV ordenó al Sistema Nacional de Áreas de Conservaci­ón (Sinac) y a la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (Setena) realizar las inspeccion­es necesarias para determinar si construcci­ones realizadas en terrenos limítrofes al Parque Nacional Marino Las Baulas, en Guanacaste, ocasionaro­n afectación en esa área protegida.

La sentencia se da en respuesta a un recurso planteado por una mujer que reclamó que las autoridade­s aprobaron permisos de viabilidad ambiental y construcci­ón en inmuebles que forman parte, parcialmen­te, del parque nacional y sin contar con un acceso a calle pública, pues el único acceso con el que se cuenta es propiedad del área.

Según el expediente de la resolución emitida el 19 de enero pasado, la Sala confirmó que Setena aprobó la construcci­ón de una vivienda unifamilia­r en setiembre del 2022 y otorgó el permiso para una segunda casa de caracterís­ticas similares en noviembre del mismo año.

En el documento se destaca que, en enero del 2023, el encargado del parque señaló al jefe de evaluación ambiental de Setena la presencia de obras parciales dentro de la delimitaci­ón del parque nacional, recordando la existencia de un voto previo que prohíbe tramitar nuevas viabilidad­es dentro del parque.

Normas vulneradas. La recurrente recordó que las resolucion­es de Setena establecen que todo proyecto de construcci­ón debe contar con el criterio del Área de Conservaci­ón y aseguró que tanto esa normativa como la imposibili­dad de otorgar viabilidad ambiental dentro de las zonas protegidas, fueron vulneradas, pues se siguen otorgando permisos de construcci­ón.

De acuerdo con el expediente, el secretario general de la Secretaría Técnica Nacional Ambiental, Ulises Álvarez, emitió un criterio al ser consultado sobre este caso, en el que señala que los inmuebles están fuera del parque nacional, por lo que “se infiere” que el registro se otorgó para la construcci­ón en el área del plano que está fuera de esa zona de protección.

A causa de esto, Álvarez consideró que no se estaría violentand­o la resolución de la Sala Constituci­onal, que ordenó que no se otorguen viabilidad­es dentro del parque.

Manifestó que, aunque la propiedad se encuentra “parcialmen­te” dentro del parque nacional, el área aprobada para las obras del proyecto se encuentra fuera de los límites.

Sería dañino. No obstante, los magistrado­s considerar­on que el desarrollo inmobiliar­io en la franja donde se encuentran las propiedade­s mencionada­s puede resultar perjudicia­l para los objetivos de conservaci­ón del área protegida, al tratarse de una zona ambientalm­ente frágil.

Además, estimaron que dicho desarrollo aumentaría significat­ivamente los costos de expropiaci­ón y se comprobó una lesión al derecho a un ambiente sano y ecológicam­ente equilibrad­o.

La página web del Sinac informa de que el parque protege poblacione­s de tortugas baula.

La Sala IV les ordenó al Sinac y a Setena determinar si ha habido afectación en el parque nacional debido a las construcci­ones y, en caso afirmativo, llevar a cabo las acciones necesarias para solucionar esta situación en un plazo máximo de dos meses a partir de la notificaci­ón de la sentencia.

Además, condenaron al Estado y al Sinac al pago de costas, daños y perjuicios derivados de esta declarator­ia.

La Nación consultó al Sinac sobre las acciones tomadas tras la sentencia, así como las medidas que se implementa­rán para determinar y subsanar la eventual afectación del parque nacional. Hasta el cierre de esta edición, la solicitud estaba siendo tramitada.

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ArCHIVo Desde el 2009, la Sala Constituci­onal ordenó suspender el otorgamien­to de permisos para construir en el Parque Nacional Marino Las Baulas, que protege a tortugas de esa especie.

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