Valores de los edificios patrimoniales
Los criterios para definir si una edificación constituye patrimonio histórico o arquitectónico (o ambos) están determinados en la Ley N.° 7555, de Patrimonio Histórico-Arquitectónico de Costa Rica. Son 14:
◗ Antigüedad. Se trata de un inmueble construido en tiempos en los que se pueden identificar su sistema constructivo, su estructura espacial, los materiales empleados y su estilo o lenguaje.
◗ Autenticidad. Existe un alto grado de correspondencia entre la obra en su estado actual, su tejido histórico y su valor cultural.
◗ Representatividad. Refleja o corresponde con las características o valores de un periodo, movimiento o estilo arquitectónico.
◗ Valor arquitectónico. Manifiesta claramente el carácter y la correspondencia entre forma y función con los que fue concebido. Repertorio formal, espacial, material y técnico constructivo no ha sido alterado al punto de desvirtuar su significado y lectura original.
◗ Valor artístico. Calidad y características de ejecución con las que se ha edificado una obra. Se consideran forma, espacio, escala, proporción, textura, color, integración al paisaje, vinculados al inmueble y su utilización.
◗ Valor científico. Constituye una fuente de información de importancia técnica, material, histórica o cultural.
◗ Valor contextual. Posee un conjunto de características particulares.
◗ Valor cultural. Cualidades estéticas, históricas, científicas o sociales atribuidas a un inmueble y por las cuales es merecedor de ser conservado.
◗ Valor documental o testimonial. Características de una edificación de mostrar, probar o evidenciar realidades sociales, culturales, económicas, tecnológicas, artísticas de monumentos históricos pasados.
◗ Valor excepcional. Valores y características históricas, arquitectónicas, artísticas o científicas, que otorgan un carácter de unicidad y califican como exponentes excepcionales a inmuebles, sitios o conjuntos de edificaciones que los contienen.
◗ Valor histórico. Fue escenario o parte de acontecimientos o procesos históricos relevantes para la comunidad.
◗ Valor significativo. Características particulares estéticas, etnológicas, antropológicas, científicas, artísticas, ambientales, arquitectónicas o históricas.
◗ Valor simbólico. Representa conceptos, creencias y valores socialmente aceptados en una comunidad.
◗ Valor urbanístico. Valor en el marco físico o trama urbana y sus componentes: amueblado urbano, arborización, calles, aceras, edificaciones.
FUENTE: LEY N.° 7555