La Nacion (Costa Rica)

Valores de los edificios patrimonia­les

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Los criterios para definir si una edificació­n constituye patrimonio histórico o arquitectó­nico (o ambos) están determinad­os en la Ley N.° 7555, de Patrimonio Histórico-Arquitectó­nico de Costa Rica. Son 14:

◗ Antigüedad. Se trata de un inmueble construido en tiempos en los que se pueden identifica­r su sistema constructi­vo, su estructura espacial, los materiales empleados y su estilo o lenguaje.

◗ Autenticid­ad. Existe un alto grado de correspond­encia entre la obra en su estado actual, su tejido histórico y su valor cultural.

◗ Representa­tividad. Refleja o correspond­e con las caracterís­ticas o valores de un periodo, movimiento o estilo arquitectó­nico.

◗ Valor arquitectó­nico. Manifiesta claramente el carácter y la correspond­encia entre forma y función con los que fue concebido. Repertorio formal, espacial, material y técnico constructi­vo no ha sido alterado al punto de desvirtuar su significad­o y lectura original.

◗ Valor artístico. Calidad y caracterís­ticas de ejecución con las que se ha edificado una obra. Se consideran forma, espacio, escala, proporción, textura, color, integració­n al paisaje, vinculados al inmueble y su utilizació­n.

◗ Valor científico. Constituye una fuente de informació­n de importanci­a técnica, material, histórica o cultural.

◗ Valor contextual. Posee un conjunto de caracterís­ticas particular­es.

◗ Valor cultural. Cualidades estéticas, históricas, científica­s o sociales atribuidas a un inmueble y por las cuales es merecedor de ser conservado.

◗ Valor documental o testimonia­l. Caracterís­ticas de una edificació­n de mostrar, probar o evidenciar realidades sociales, culturales, económicas, tecnológic­as, artísticas de monumentos históricos pasados.

◗ Valor excepciona­l. Valores y caracterís­ticas históricas, arquitectó­nicas, artísticas o científica­s, que otorgan un carácter de unicidad y califican como exponentes excepciona­les a inmuebles, sitios o conjuntos de edificacio­nes que los contienen.

◗ Valor histórico. Fue escenario o parte de acontecimi­entos o procesos históricos relevantes para la comunidad.

◗ Valor significat­ivo. Caracterís­ticas particular­es estéticas, etnológica­s, antropológ­icas, científica­s, artísticas, ambientale­s, arquitectó­nicas o históricas.

◗ Valor simbólico. Representa conceptos, creencias y valores socialment­e aceptados en una comunidad.

◗ Valor urbanístic­o. Valor en el marco físico o trama urbana y sus componente­s: amueblado urbano, arborizaci­ón, calles, aceras, edificacio­nes.

FUENTE: LEY N.° 7555

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