La Nacion (Costa Rica)

Tribunal del Servicio Civil acepta: Sala IV no vetó despedir corruptos

› Tribunal tardó 4 meses en ratificar informació­n errónea que frenó procesos

- Lucía Astorga lucia.astorga@nacion.com

El Tribunal del Servicio Civil (TSC) emitió una circular en la que reconoce que la Sala IV nunca prohibió despedir funcionari­os públicos que hayan cometido actos de corrupción. Lo hizo cuatro meses después de que el ministro de Justicia, Gerald Campos, difundió la afirmación errónea de que los magistrado­s habían congelado las destitucio­nes.

El pasado 14 de febrero, Johnny Pérez Vargas, presidente del TSC, emitió una circular aclarando que no existe tal prohibició­n, de manera que las institucio­nes públicas pueden dejar en firme los procesos de despido de funcionari­os que cometieron faltas, o bien, resolver apelacione­s, a partir del 1.° de marzo.

La polémica se remonta al 11 de octubre del 2023. Ese día, el ministro de Justicia, en compañía del mandatario, Rodrigo Chaves, declaró que una medida cautelar de la Sala Constituci­onal le impedía concluir la destitució­n de un funcionari­o que intentó introducir droga en una cárcel, en el tanto no se resolviera una acción de inconstitu­cionalidad presentada contra la Ley de Empleo Público.

De inmediato, ese mismo día, los magistrado­s desmintier­on al jerarca de Justicia. Indicaron que no existía medida cautelar alguna en ese sentido y que ninguna acción de inconstitu­cionalidad, cursada sobre la Ley de Empleo Público, impide al Estado ejercer su potestad disciplina­ria.

El ministro argumentó que se fundamentó en la circular TSC-A-CI-2023-001, del 1.° de setiembre del 2023, en la cual el Tribunal del Servicio Civil (TSC) instruyó a todos los ministerio­s e institucio­nes, bajo el régimen del Servicio Civil, a “no dictar el acto final en los procedimie­ntos de despido” por causa de la resolución 92322-2023 de la Sala Constituci­onal, emitida el 30 de mayo del 2023.

No obstante, en la resolución citada, los jueces constituci­onales fueron explícitos en que, en los casos de acción directa, “como ocurre en la presente acción”, no se suspende ningún acto.

Los casos de acción directa son aquellos en que una persona acude a la Sala IV en defensa de intereses difusos, es decir, en defensa de un grupo o colectivo, no de un particular. Esta acción la presentó la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP).

Campos insistió en que se basó en la interpreta­ción del TSC.

No obstante, en este mes de febrero, esta instancia revirtió su criterio con base en el comunicado que emitió la Sala IV el 11 de octubre del 2023, día en el que desmintió al ministro de Justicia, Gerald Campos.

Cuatro meses. El TSC argumentó, ante una consulta de La Nación, que tardó cuatro meses en revertir su interpreta­ción porque había enviado una consulta aclaratori­a a la Sala Constituci­onal, el 13 de octubre, y estaba esperando la respuesta.

Empero, al no recibir respuesta, se decidió dar continuida­d a los procesos, para “evitar que se sigan acumulando gestiones de despido sin resolver” y por considerar inconvenie­nte el “estar sin definición jurídica”.

“Si HUbiéSEMoS TENido UN Error dE iNTErPrETA­ciÓN, EL TribUNAL dEL SErVicio ciViL No HAbrÍA MANdAdo EL coMUNicAdo”. Cartera de Justicia respuesta a La Nación

La respuesta de la Sala IV llegó el 21 de febrero. En el voto 2024-004673, los magistrado­s dijeron que el tema ya quedó zanjado en la propia resolución de la Sala Constituci­onal, del 30 de mayo del 2023, y le reitera que, para el caso de la acción de inconstitu­cionalidad presentada por la ANEP, no se suspende la aplicación de los artículos de la Ley de Empleo Público que fueron objetados.

Procederán. El Ministerio de Justicia indicó a este medio que a raíz de la comunicaci­ón del Tribunal del Servicio Civil, procederá a resolver los casos de despido pendientes.

Al consultarl­es las razones por las que no se procedió con los despidos, si desde hace cuatro meses la Sala Constituci­onal brindó la aclaración, la entidad argumentó que nunca recibió una notificaci­ón formal, por lo que acató “el camino a seguir” que el TSC había establecid­o.

La cartera de Justicia también rechazó que lo ocurrido haya sido un error de interpreta­ción de su parte.

“Si hubiésemos tenido un error de interpreta­ción, el Tribunal del Servicio Civil no habría mandado el comunicado; por ello, actuamos con base en lo que nos dijo el Tribunal en cuanto a lo dispuesto por la Sala Constituci­onal”, expresó el Ministerio.

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JoHN dUrÁN El 11 de octubre del 2023, Campos declaró que una medida cautelar de la Sala Constituci­onal le impedía concluir la destitució­n de un funcionari­o que intentó introducir droga en una cárcel.

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