La Nacion (Costa Rica)

Magistrada de Sala III cuestiona plan sobre prisión preventiva

Patricia vargas lo cree ‘problemáti­co’ y cita ‘responsabi­lidad internacio­nal’

- Yeryis Salas yeryis.salas@nacion.com

El proyecto de ley que garantizar­ía la prisión preventiva contra imputados por narcotráfi­co y otros delitos de crimen organizado es “problemáti­co” y podría aplicarse “de manera arbitraria”, aseguró el lunes la magistrada de la Sala Tercera, Patricia Vargas González, al exponer el plan ante la Corte Plena.

Vargas explicó que tanto la Constituci­ón Política como la Convención Interameri­cana sobre Derechos Humanos descartan la posibilida­d de crear una prisión preventiva automática, por lo que el plan podría tener roces de inconstitu­cionalidad y generaría “responsabi­lidades internacio­nales” para Costa Rica.

Debido a la posibilida­d de que aumente la cantidad de personas en prisión preventiva y el aumento de trabajo que esto implicaría para el personal judicial, la Corte determinó con 18 votos a favor y dos en contra que sí afecta el funcionami­ento del Poder Judicial, por lo que el texto necesitarí­a 38 votos para convertirs­e en ley.

El expediente 23.986 fue presentado en octubre por el diputado del Partido Liberación Nacional (PLN), Gilberth Jiménez, con la firma de otros ocho legislador­es del PLN y tres del Partido Unidad Social Cristiana (PUSC).

En diciembre, la iniciativa ya había sida analizado por los magistrado­s, quienes en aquel momento también determinar­on que incidía en el funcionami­ento de la institució­n.

No obstante, el 15 de febrero, la Comisión de Seguridad y Narcotráfi­co aprobó un texto sustitutiv­o que incluye más delitos imputados que garantizar­ían prisión preventiva.

Mientras que el texto original solo menciona que la prisión preventiva podrá aplicarse cuando se trate de delincuenc­ia organizada, narcotráfi­co o sicariato, el nuevo texto agrega que se ordenará la medida en casos relacionad­os con narcotráfi­co, legitimaci­ón de capitales, homicidio simple, homicidio calificado, delitos sexuales contra menores de edad y delitos en los que medie el uso de armas de fuego.

La modificaci­ón incluye que los tribunales ordenarán prisión preventiva cuando la víctima, el denunciant­e, el testigo y la comunidad se encuentren en situación de riesgo. Al respecto, Vargas señaló que el concepto de “comunidad” en este caso es “claramente poroso e indetermin­ado”.

Esto podría implicar que la prisión preventiva se aplique de forma arbitraria, estimó la alta jueza, quien agregó que la parte del texto que obliga a los tribunales a ordenar la medida en ciertos casos “es todavía más problemáti­ca”. La ley actual establece supuestos que se deben cumplir para imponer la prisión preventiva, pero da el margen a los tribunales de analizar cada caso concreto.

De aprobarse este texto, la prisión preventiva dejaría de ser una facultad para convertirs­e en una obligación, aseguró, y los jueces se convertirí­an en operadores automático­s que solo deben revisar requisitos para imponer la medida.

“Con esta propuesta la prisión preventiva deja de convertirs­e en una medida cautelar, en tanto que no existe un análisis del caso concreto, de la necesidad procesal de su imposición, sino que se convierte en una medida punitiva que se dicta anticipada­mente”.

Vargas recalcó que en México, en el 2008, se reformó la constituci­ón para crear una prisión preventiva oficiosa en casos de delincuenc­ia organizada, homicidio, entre otros delitos. Esto le supuso una condena a México en el 2023 por parte de la Corte Interameri­cana de Derechos Humanos, sin que se redujeran los crímenes en ese país.

Otros magistrado­s sumaron sus preocupaci­ones ante el proyecto. Gerardo Rubén Alfaro, de la Sala III, señaló que a la Corte no le correspond­e legislar, pero sí está dentro de sus potestades emitir criterio sobre este tipo de proyectos.

Sandra Zúñiga, también de Sala III, manifestó que el proyecto de ley se creó con las mejores intencione­s, pero “plantea una alternativ­a peligrosa”.

“Cuando se habla del proceso penal, tiene que pensarse en función de lo que me gustaría que me aplicaran a mí, a mis parientes, a mis conocidos, es que precisamen­te existe la oportunida­d de defensa y la oportunida­d de investigac­ión, porque no siempre que se denuncia, la persona denunciada es culpable”, indicó Zúñiga.

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(Foto con fines ilustrativ­os). ArCHIvO La prisión preventiva debe analizarse en cada caso y no aplicarse de forma automática, señaló la magistrada de la Sala Tercera Patricia Vargas.

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