Chaves vetaría exclusión del OIJ de Ley de Empleo Público
› Proyecto busca evitar la fuga de personal que afecta a la Policía Judicial
El presidente de la República, Rodrigo Chaves, vetaría el proyecto de ley que eximiría a los funcionarios del Organismo de Investigación Judicial (OIJ) de las regulaciones salariales de la Ley Marco de Empleo Público y la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas.
La propuesta de ley fue presentada por la diputada Kattia Cambronero, del Partido Liberal Progresista (PLP), el pasado 27 de febrero. La intención es evitar la fuga de personal de la Policía Judicial y los cambios pretenden beneficiar al personal técnico especializado, profesional, policial y jefaturas.
“Se los advierto de una vez, consigan los 38 votos, porque yo la voy a vetar, junto con la ministra de Planificación, porque ya eso es abuso”, dijo Chaves ayer durante una conferencia de prensa en Casa Presidencial.
Chaves cuestionó que el proyecto se limite al OIJ y no cubra a todos los funcionarios del Poder Judicial.
El expediente 24.191 tiene el respaldo de diputados de los partidos Unidad Social Cristiana (PUSC), Nueva República (PNR) y Frente Amplio (FA).
Renuncias. La iniciativa de ley dice, en la exposición de motivos, que las salidas de personal del OIJ han crecido en los últimos cuatro años. Según el documento, se pasó de 36 renuncias en el 2018 a 97 en el 2022
El director del OIJ, Randall Zúñiga, informó el año anterior de que, entre el 2011 y el 2017, la entidad tuvo siete renuncias, pero del 2018 hasta setiembre del 2023, fueron más de 300.
El artículo 1 del proyecto de ley añadiría un inciso 3 al numeral 3 del título III de la Ley para el Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, para que, en adelante, la regulación remunerativa del personal del OIJ se rija por las disposiciones administrativas adoptadas por la jerarquía del Poder Judicial y la legislación que regía antes de la entrada en vigencia de la norma.
En el numeral 2 de la propuesta, se agrega un inciso 24 al artículo 81 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, para incluir en el artículo 81 un nuevo inciso 24, que habilitaría al Consejo Superior del Poder Judicial para que pueda crear beneficios remunerativos para el personal del OIJ.
El artículo 3 incorpora un inciso al artículo 3 de la Ley Marco de Empleo Público para excluir al OIJ de la aplicación de normativa, en lo relativo al capítulo VIII, sobre gestión de la compensación y los topes de vacaciones.
La Ley de Empleo Público ordenó crear el salario global en vez del sistema de sueldo base más pluses.