La Nacion (Costa Rica)

Ley aprobada traerá problemas a los patronos privados, advierte especialis­ta

MODIFICACI­ÓN DE COBRO DE RENTA EN ALZAS SALARIALES RETROACTIV­AS

- Josué Bravo josue.bravo@nacion.com

La abogada Priscilla Sánchez, experta en Derecho Tributario y política económica, advirtió de que un proyecto de ley aprobado por los diputados traerá consecuenc­ias negativas para los patronos del sector productivo.

Se trata del plan para modificar el cobro del impuesto de renta, con motivo del pago retroactiv­o de un aumento salarial aprobado en el 2020 para los empleados públicos.

El texto procura evitar un cobro tributario a funcionari­os que, en condicione­s normales, no deben pagar impuesto por sus salarios. Sin embargo, según Sánchez, el texto podría ser inconstitu­cional debido a sus efectos sobre el público en general. Aun así, los congresist­as lo avalaron ayer en segundo debate; solo se opuso la bancada de gobierno.

El proyecto modifica el artículo 33 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) para establecer que las rentas retroactiv­as deben ser tributadas en el periodo en el que se debieron haber recibido, en vez del momento en que se perciban. Esto implicaría que los empleadore­s estarán obligados a rectificar declaracio­nes anteriores cuando hagan un pago retroactiv­o, sin incurrir en cargos por intereses.

De acuerdo con Sánchez, la redacción no hace distinción entre patronos del sector público o privado, lo que implicaría que se aplicaría para ambos.

Lo anterior, añade la experta, es contrario al principio de devengo por el cual se rige el impuesto, el cual establece que las rentas, entendidas como salarios, se registran y reconocen en el momento en que ocurren.

Agregó que, al hacer una rectificac­ión por un pago retroactiv­o, los patronos legitimarí­an a la Dirección General de Tributació­n (DGT) para que les hagan una fiscalizac­ión, pues así lo establece el Código de Normas y Procedimie­ntos Tributario­s (CNPT).

“Es decir, la reforma propuesta impone una obligación tributaria que automática­mente convertirá al patrono en sujeto de fiscalizac­ión, por haber modificado sus declaracio­nes. El solo hecho de atender a la DGT generaría tiempo, desgaste; todo, por una obligación innecesari­a de rectificar”, apuntó la especialis­ta.

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CorTESÍA La recomendac­ión de Priscilla Sánchez es que el ajuste al pago de renta de los salarios retroactiv­os sea mediante exoneració­n.

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