Congresistas aprueban protocolo para detectar violencia contra menores
Los diputados aprobaron en primer debate un proyecto de ley que ordena a las instituciones públicas crear un protocolo de prevención y detección temprana de la violencia contra niños y adolescentes.
La legisladora del Partido Liberación Nacional (PLN) Monserrat Ruiz explicó que el objetivo del protocolo es facilitar una mejor coordinación entre las instituciones, para evitar deficiencias como las ocurridas en el caso de la niña Keibril, en el que se evidenció una actuación aislada por parte de las autoridades.
Keibril Amira García Amador, una bebé de nueve meses, desapareció el 9 de abril del 2023 en Cervantes de Cartago. Su madre era una niña de solo 12 años, cuyo caso era conocido por el Patronato Nacional de la Infancia (PANI), la Fiscalía y el Ministerio
de Educación Pública (PANI).
Recientemente, el Organismo de Investigación Judicial (OIJ) concluyó que la bebé fue asesinada luego de que un sujeto se la arrebató a la madre.
La legisladora Ruiz destacó que actualmente no existe un protocolo de coordinación interinstitucional a nivel legal ni reglamentario.
La propuesta ordena la creación del protocolo a varias entidades, entre ellas el PANI, los ministerios de Educación Pública, Salud y de Justicia y Paz, así como el Instituto Nacional de las Mujeres (Inamu), la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) y el Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS), en coordinación con el Poder Judicial y el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE), con sus respectivos órganos adscritos.
El protocolo busca unificar criterios de acción para la detección y atención de casos de violencia contra la niñez y adolescencia, según el texto probado por los diputados. Además, establece que este protocolo deberá ser revisado y actualizado cada cinco años.
El plan legislativo incorpora el concepto de detección temprana, con el propósito de orientar la política pública no solo hacia la intervención, una vez que ha ocurrido un caso de violencia, sino también hacia la prevención de su ocurrencia o repetición, según explicó la legisladora.
En este contexto, la detección temprana se define como cualquier acción destinada a identificar factores de riesgo, confirmar o descartar sospechas de violencia y, en consecuencia, activar todos los mecanismos necesarios para evitar que dicha violencia se materialice o se repita.
Campañas. Además, se requiere que las instituciones involucradas creen campañas de concientización y capaciten a sus funcionarios sobre señales de alerta y factores de riesgo presentes en casos de violencia, abuso, maltrato, negligencia y descuido que afecten a la niñez y adolescencia. Además, se debe instruir cuál es la competencia de cada una de las instituciones.
El texto también reforma el artículo 49 del Código de la Niñez y la Adolescencia para establecer que, en todos los casos, se debe proteger y resguardar la identidad de la persona denunciante, garantizando su integridad y seguridad.
Esta protección se realizará mediante la confidencialidad de los datos personales, incluso durante un proceso penal.
Según Ruiz, la iniciativa no introduce cambios sustanciales a la legislación actual de protección a víctimas y testigos, sino que busca aclarar el mecanismo existente.
El texto fue aprobado en su primer debate el 21 de marzo. El segundo y último quedó para el 4 de abril.