EN DETALLE
La norma técnica para el aborto terapéutico indica:
Procedimiento
cuando la salud o la vida de una embarazada están en peligro, su médico o la mujer pueden solicitar que un grupo conformado por tres profesionales en Medicina hagan la valoración para saber si procede. Una vez que estos emitan un criterio, la mujer decide
Lugar
Establece condiciones para definir los centros médicos pueden valorar una intervención
Tiempo para emitir criterio
la norma establece que una vez solicitada la valoración, el grupo de médicos tiene tres días para responder
Pasos si el criterio es negativo
si el grupo de médicos dice que no procede, la mujer puede solicitar una nueva valoración por una única vez
Información que debe recibir la paciente
deberá ser comprensible, oportuna y basada en la evidencia científica para tomar una decisión
Consentimiento de la mujer
la interrupción del embarazo no podrá aplicarse en contra de la voluntad de la embarazada
Atención integral
cualquier mujer que se someta a un proceso de este tipo deberá contar con una atención integral que garantice su salud y bienestar
Objeción de conciencia
garantiza a los profesionales en salud la posibilidad de objetar libertad de conciencia y asegura que esto no afecte la atención de las mujeres
Fiscalización
El Ministerio de Salud vigilará que los centros médicos del país apliquen esta norma y sus protocolos