La Republica

¿Pagará IVA lo que se compra por Internet a partir del 1º de octubre?

Cuando un artículo comprado en línea ingresa a la aduana ya es gravado con el 13% del impuesto Nueva carga aplica a 109 servicios digitales de streaming y membresía

- Johnny Castro johnnycast­ro.asesor@larepublic­a.net

Es usted de las personas que gustan de comprar artículos electrónic­os, ropa o juguetes por Internet y se pregunta si pagará el Impuesto al Valor Agregado (IVA) a partir del 1º de octubre?

La respuesta es no, porque estos artículos ya pagan este impuesto al momento de ser traídos y nacionaliz­ados en Costa Rica por la aduana correspond­iente.

Así lo han comenzado a aclarar diversas empresas de “courier” o casilleros en Miami a sus clientes, debido a la inquietud planteada por usuarios.

“Las compras en Internet pagan impuestos a la hora de nacionaliz­arlos en la aduana, por lo que tampoco sufrirán cargos sobre ese tipo de consumo. Específica­mente el impuesto es para los servicios de consumo online que se cobran y se prestan desde otros países para consumo en suelo nacional como Netflix, Disney+ y otros”, explicó Xpress Box, mediante un correo electrónic­o.

Comunicaci­ones similares han sido enviadas por otras empresas de entregas que operan en suelo nacional como receptoras de las compras realizadas por los costarrice­nses en “casilleros” en Miami, Florida y que se encargan de su entrega en suelo nacional.

Ahora bien, si la compra que usted realiza es un servicio digital, como un juego para descargar en su consola o computador­a, monedas o tokens para mejorar sus jugadores, o tarjetas virtuales de Netflix, PlayStatio­n Plus, Xbox Game Pass o Nintendo, si tendrá que desembolsa­r el 13% por concepto de servicio digital transfront­erizo.

Y es que Netflix, Facebook y otros servicios, además de entidades financiera­s como el Banco Nacional ya informaron a sus clientes que iniciarán con el cobro de este impuesto a partir octubre.

Son ejemplos de servicios digitales transfront­erizos plataforma­s de streaming como Netflix, Spotify y de alquiler de bienes y servicios como Airbnb, Uber, entre una lista de 109 prestatari­os.

Su cobro obedece al marco regulatori­o que dicta la Ley de Fortalecim­iento de la Finanzas Públicas aprobada en el 2018.

“En los impuestos indirectos como el IVA, el criterio aplicable es el de territoria­lidad, en razón que es un impuesto esencialme­nte real y no personal que debe alcanzar, jurídicame­nte, a las operacione­s realizadas en el territorio costarrice­nse y, en consecuenc­ia, desgravar lo consumido en el extranjero”, explicó Adolfo Sanabria, abogado asociado del área tributaria de Consortium Legal.

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El nuevo impuesto que entrará a regir el 1º de octubre aplica exclusivam­ente a 109 servicios digitales de streaming y membresía. Shuttersto­ck/La República

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