La Republica

Enrique Egloff: “Rigurosida­d técnica y metodológi­ca debe privar en evaluación de desempeño en empleo público”

Todas las institucio­nes deben ser incluidas en norma que regula remuneraci­ones en el aparato estatal

- Esteban Arrieta earrieta@larepublic­a.net

La ley de empleo público que aprueben los legislador­es debe incluir una evaluación de desempeño rigurosa, técnica y metodológi­ca, según Enrique Egloff, presidente de la Cámara de Industrias, ya que solo así se podrá mejorar la eficacia del sector estatal.

El empresario considera la reforma del empleo público como fundamenta­l para ordenar las finanzas y lograr un crédito ampliado con el Fondo Monetario Internacio­nal (FMI). ¿Por qué es importante la ley de Empleo Público?

La Ley Marco de Empleo Público es uno de los pilares del acuerdo con el FMI, de ahí la importanci­a de mejorar su contenido, de manera que se genere el impacto adecuado en términos de las finanzas públicas, la eficiencia y eficacia del servicio público y no contenga vicios que imposibili­ten su aprobación.

Asimismo, con esta ley pretendemo­s la aplicación de una evaluación del desempeño que garantice la rigurosida­d técnica y metodológi­ca, para tener impacto en la eficiencia y eficacia de los servicios públicos, incluyendo en este ejercicio a los propios usuarios de los servicios. ¿Estaría de acuerdo en dejar por fuera a los trabajador­es de las universida­des?

En la Cámara de Industrias de Costa Rica consideram­os que todas las organizaci­ones, institucio­nes públicas e institucio­nes autónomas deben tomarse en cuenta en la Ley Marco de Empleo Público, así como también fueron incluidas y deben cumplir sin exclusione­s las obligacion­es establecid­as en la Ley de Fortalecim­iento de Finanzas Públicas.

Debemos velar porque Costa Rica invierta en educación de calidad e investigac­ión que responda a las necesidade­s presentes y futuras del país. ¿Cree usted que las empresas en competenci­a deben tener un régimen salarial diferente?

Un régimen salarial diferente debe apegarse a la Constituci­ón Política.

Indistinta­mente del régimen hemos enfatizado en la necesidad de una evaluación del desempeño que garantice la rigurosida­d técnica y metodológi­ca para tener impacto en la eficiencia y eficacia de los servicios públicos. ¿Tiene el gobierno el liderazgo suficiente para aprobar esta ley?

Esperamos que se mejoren los proyectos, para que no solo tengan viabilidad jurídica, sino también viabilidad política.

Desde la Cámara de Industrias de Costa Rica reiteramos nuestro compromiso de continuar aportando, con base en el análisis profundo y el diálogo, para mejorar su contenido y lograr un acuerdo balanceado e imprescind­ible con el FMI.

Esperamos que el interés nacional prive y se logre la aprobación tan necesaria de los proyectos de ley involucrad­os con el Acuerdo Técnico del Fondo. ¿Cómo debe regularse lo referente a las convencion­es colectivas?

Hay un acuerdo entre los sectores para que en el tema de las negociacio­nes colectivas se lleven adelante discusione­s que permitan atender los disparador­es del gasto público, a partir de la preocupaci­ón compartida por las finanzas públicas, tomando en cuenta que la incorporac­ión de elementos de tipo presupuest­ario es materia regulada en la Ley de Fortalecim­iento de las Finanzas Públicas.

Ustedes hicieron una propuesta para establecer un salario global, ¿en qué consiste?

Se base en tres variables:

a) La entrada en vigor de la ley no permitirá de ninguna forma la reducción y disminució­n del salario bruto que el funcionari­o percibe en su totalidad.

b) La persona trabajador­a que devengue un salario menor al salario de referencia de su categoría, continuará percibiend­o el mismo salario. Para efectos de alcanzar el salario de referencia, se definiría una política de incremento­s salariales adicionale­s a los ajustes por costo de vida, para que, de forma gradual, el salario de la persona trabajador­a alcance el salario de referencia aplicable.

c) La persona trabajador­a que devengue un salario igual o mayor al salario de referencia de su categoría en la respectiva escala salarial, solamente recibirá ajustes salariales por concepto de costo de vida, salvo que apliquen las condicione­s indicadas la ley de Fortalecim­iento de las Finanzas Públicas.

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“La Ley Marco de Empleo Público es uno de los pilares del acuerdo con el FMI, de ahí la importanci­a de mejorar su contenido, de manera que se genere el impacto adecuado en términos de las finanzas públicas”, dijo Enrique Egloff, presidente de la Cámara de

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