“Me golpeó porque le reclamé que llegó ebrio”
La violencia simplemente no se debe tolerar. Tomeen cuenta lo siguiente para que pueda protegerse judicialmente. La física es una de las muchas formas de violencia, existiendo también la psicológica y patrimonial. La Ley de violencia contra la mujer pena la violencia en el artículo 22, cuando dice que quien golpee o maltrate físicamente a una mujer con quien mantenga una relación, sin que la incapacite para sus ocupaciones habituales, se le impondrá pena de prisión de tres meses a un año. Si al golpearla la incapacita para sus labores habituales menos de cinco días, se le impondrá una pena de seis meses a un año de prisión, si la incapacidad es por un tiempo mayor a cinco días y hasta por un mes, se le impondrá pena de prisión de ocho meses a dos años. Tome en cuenta que la ley la protege. Si el temor radica en que tiene niños que alimentar, puede hacer la solicitud también de pensión alimentaria a favor de ellos en el juzgado correspondiente. Si los bienes se encuentran inscritos a nombre de este y teme que la saque de la casa, recuerde que si la adquirieron durante la unión de hecho o el matrimonio, la mitad es suya. Si solamente desea alejarlo o que le impongan algunas restricciones puedepedir medidas de protección en el juzgado de violencia doméstica de su localidad. Recuerde que no necesita abogado.