La Teja

INVU elimina loca ocurrencia

- Karen Fernández karen.fernandez@lateja.cr

En febrero de este año se dio a conocer el nuevo reglamento de fraccionam­ientos aprobado por el Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo (INVU) y el cual establecía que quien tuviera un lote de 900 metros cuadrados y optara por dividirlo en otros más pequeños, debía donarle un 10% a la muni local (90 metros cuadrados) para un parque infantil.

Entre los que pegaron el grito al cielo por semejante ocurrencia estaba el Colegio de Ingenieros Topógrafos. El reclamo dio frutos y el INVU reformó el reglamento con ayuda de especialis­tas.

La Teja conversó con Marco Antonio Zúñiga, director ejecutivo del Colegio de Ingenieros Topógrafos y quien nos contó cómo quedó la cosa.

Afirma que no fue una tarea fácil, pero se logró la intervenci­ón de la ministra de Vivienda, Irene Campos, para hablar con los involucrad­os y luego de 13 reuniones salió humo blanco.

“Solo falta que la junta directiva del INVU lo apruebe y se mande a publicar en La Gaceta, para entrar a regir a partir del 13 de setiembre”, dijo Zúñiga.

“A como estaba redactado el anterior iba a haber un desorden, no solo por lo que se debía darle a la municipali­dad, sino porque debía regalársel­o con malla y con los juegos infantiles instalados. Si el vecino del frente hacía lo mismo, otro donativo igual, en cien metros podía haber seis o siete parques”, aclaró Zúñiga.

Como una yunta. Ni las munis estaban felices con los “donativos” porque no tenían cómo administra­r tanta propiedad y sabían del riesgo de que esos “parques” terminaran tomados por delincuent­es.

Ahora las propiedade­s se pueden segregar hasta en siete lotes sin estar obligados a ceder área pública.

Tampoco deberá llevar el visado del INVU que se pedía para todas las segregacio­nes y por el cual había que pagar ¢40.510. Solo deberá tramitarse el municipal, que es gratuito.

“Después de ocho lotes y más de 900 metros cuadrados sí tiene que ceder área, ambos requide los 82 cantones del país, 40 cuentan con plan regulador y 15 no tienen ninguno. Los restantes tienen uno desactuali­zado o en proceso de revisión.

sitos deben cumplirse”, dijo Tomás Martínez, presidente ejecutivo del INVU.

Y en esos casos sí debe tramitarse el visado del INVU.

Ahora también se da poder a las munis para hacer convenios con organizaci­ones de vecinos u otras y darles mantenimie­nto a las áreas públicas. Eso les permite supervisar el cumplimien­to de esos acuerdos sin sacar plata para el mantenimie­nto.

Con límite. Para los dueños de terrenos usados en la siembra o agricultur­a se mantuvo el área mínima posible de lotear en 5.000 metros cuadrados, la misma de antes, si tienen calle pública al frente, si tienen solo servidumbr­e no podrán.

Se pretende evitar que algún “vivo” que lotee terrenos sin calle pública, solo servidumbr­e y los venda para posibles urbanizaci­ones a las que quizás no lleguen los servicios públicos en un buen rato.

Si usted tiene una propiedad grande sin calle al frente, pasa por una necesidad económica y necesita vender una parte o hipotecarl­a podrá hacerlo, pero el lote debe ser, mínimo, de 900 metros cuadrados.

“Se designará la propiedad como de uso mixto (condición especial para uso agrícola, pecuario o forestal). Le pondrán una nota que diga que ahí no se podrá construir hasta que se cuente con la disponibil­idad de servicios”, dijo Zúñiga.

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JORGE CASTILLO Por dicha corrigiero­n la señora ocurrencia de antes.
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ARCHIVO Las fincas se pueden lotear si tienen calle pública como acceso.

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